Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00891-2026-DE
Lima, 24 de julio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 5915/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01866-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 1438-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, a través de la carta s/n de fecha 4 de marzo de 2026, el Comandante de la Marina de Brasil informa a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú sobra la invitación para que una delegación de dicha institución armada participe en el “LII Juego de Guerra Interamericano (IAWG BR-26)”, cuya Fase III - Reunión Final y Crítica (modalidad presencial) se realizará en las instalaciones de la Escuela de Guerra Naval, ubicada en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 3 al 7 de agosto de 2026; precisando que los gastos que demande el viaje al exterior estarán a cargo de cada delegación;
Que, por medio del Acta N° 001-2026, del 29 de mayo de 2026, la Junta Interna de Selección de Personal Superior, Subalterno, Civil y empleados CAS en Comisión de Servicio o Misión de Estudios en el país y en el extranjero de la Marina de Guerra del Perú, recomienda la designación del Capitán de Navío Alejandro Iván VILCHEZ MALAGA, identificado con CIP N° 00925573 y DNI N° 43343525, como personal titular, y del empleado civil CAS Eduardo Antonio PEREZ ROMAN, identificado con CIP N° 00121356 y DNI N° 43345040, como personal suplente; para participar en el evento antes mencionado, del 3 al 7 de agosto de 2026;
Que, con Oficio N° 297/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú agradece y acepta la invitación cursada e informa al Comandante de la Marina de Brasil sobre la designación del Capitán de Navío Alejandro Iván VILCHEZ MALAGA como representante de la institución armada para participar en el “LII Juego de Guerra Interamericano (IAWG BR-26)”;
Que, con Oficio N° 5915/51, complementado con correo electrectrónico institucional del 22 de julio de 2026, la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Alejandro Iván VILCHEZ MALAGA, como personal titular; y, del empleado civil CAS Eduardo Antonio PEREZ ROMAN, como personal suplente, para participar en el “LII Juego de Guerra Interamericano (IAWG BR-26)”; así como, autorizar su salida del país el 2 de agosto y su retorno el 8 de agosto de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 004-2026, la Hoja de Gastos N° 176-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 192-2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000094, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, de acuerdo con lo señalado en la Exposición de Motivos de la institución armada, resulta conveniente, para los intereses institucionales, autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá intercambiar conocimientos que contribuyan a establecer bases de entendimiento mutuo entre las instituciones participantes, para el planeamiento y análisis de los posibles escenarios que puedan presentarse como parte de las amenazas a la seguridad marítima, basados en situaciones reales del entorno internacional. Asimismo, los conocimientos y experiencias adquiridas serán vertidos en provecho de la Marina de Guerra del Perú;
Que, mediante Oficio N° 01866-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 094-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, que contiene la opinión técnica favorable de la citada Dirección General respecto a la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, referida en los considerandos precedentes;
Que, con Informe Legal N° 1438-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Alejandro Iván VILCHEZ MALAGA, como personal titular, y del empleado civil CAS Eduardo Antonio PEREZ ROMAN, como personal suplente; para participar en el “LII Juego de Guerra Interamericano (IAWG BR-26)”, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 3 al 7 de agosto de 2026; así como, autorizar su salida del país el 2 de agosto y su retorno el 8 de agosto de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa el pago que corresponda con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima
Clase económica
US$ 1,600.82 x 1 persona US$ 1,600.82
Viáticos:
US$ 370.00 x 1 persona x 5 días US$ 1,850.00
Total a pagar: US$ 3,450.82
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2538163-1