Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pucusana
Resolución de Alcaldía
Nº 080-2026-ALC/MDP
Pucusana, 25 de junio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA:
VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 090-2023 de fecha 18 de abril de 2023, el Memorándum Nº 156-2026-GAT-MDP de fecha 29 de abril de 2026 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum Nº 0426-2026-OGPP/MDP de fecha 12 de mayo de 2026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 053-2026-SGREC-GAT/MDP de fecha 09 de junio de 2026 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, el Memorándum Nº 0535-2026-OGPP/MDP de fecha 15 junio de 2026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0254-2026-OT-OGA/MDP de fecha 18 de junio de 2026 de la Oficina de Tesorería, el Informe Técnico Nº 0018-2026-OLYCP-OGA/MDP de fecha 24 de junio de 2026 de la Oficina de Logística y Control Patrimonial, el Memorándum Nº 0821-2026-OGA/MDP de fecha 24 de junio de 2026 de la Oficina General de Administración, el Informe Técnico Nº 0070-2026-OGPP/MDP de fecha 24 de junio de 2026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 0153-2026-OGAJ/MDP de fecha 25 de junio de 2026 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 0427-2026-GM-MDP de fecha 25 de junio de 2026 de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente de conformidad con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, conforme a los artículos 39º, 42º y 43º de la Ley Nº 27972, corresponde al Alcalde ejercer la función ejecutiva del gobierno local mediante Resoluciones de Alcaldía en los asuntos de su competencia;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, establece que los servicios no prestados en exclusividad son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad, precisándose su denominación, requisitos y costos, los cuales deberán ser debidamente difundidos;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 090-2023/MDP se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pucusana;
Que, mediante Informe Nº 042-2026-SGRYEC-GAT/MDP de fecha 29 de abril de 2026 la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, concluye que la tarifa actual establecida en el TUSNE resulta insuficiente para cubrir los costos operativos en las temporadas de verano, asimismo la alta demanda en playas justifica la actualización diferenciada de tarifas por ende la propuesta se encuentra alineada con el marco normativo vigente y prácticas de otros distritos del litoral sur.
Que, mediante Memorándum Nº 156-2026-GAT/MDP de fecha 29 de abril de 2026 la Gerencia de Administración Tributaria, sustenta la necesidad de incentivar y garantizar las condiciones adecuadas de higiene, salubridad y mantenimiento en playas y el principio de sostenibilidad de los servicios públicos municipales en el distrito;
Que, mediante Memorándum Nº 0535-2026-OGPP/MDP de fecha 15 junio de 2026 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicita a la Oficina General de Administración la evaluación de la estructura de costos, con el fin de validar la propuesta garantizando la viabilidad financiera de los servicios;
Que, mediante Informe Nº 0254-2026-OT-OGA/MDP de fecha 18 de junio de 2026 la Oficina de Tesorería, emite opinión técnica sobre validación de estructura de costos para modificación del TUSNE;
Que, mediante Informe Técnico Nº 0018-2026-OLYCP-OGA/MDP de fecha 24 de junio de 2026 la Oficina de Logística y Control Patrimonial, concluye y encuentra aceptable las incorporaciones de los servicios conforme a los financiamientos establecidos en las propuestas de actualización de los servicios no exclusivos, determinados por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva;
Que, mediante Memorándum Nº 0821-2026-OGA/MDP de fecha 24 de junio de 2026 la Oficina General de Administración remitir la estructura de costos de los servicios no exclusivos que serán actualizados en el TUSNE de la entidad, a fin de dar continuidad al trámite;
Que, mediante Informe Técnico Nº 0070-2026-OGPP/MDP de fecha 24 de junio de 2026 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye que resulta procedente aprobar la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad distrital de Pucusana a través de la Modificación de dos (02) servicios no exclusivos (2.1.1. Uso de baños públicos en la zona de Naplo y 2.1.2. Uso de duchas en la zona de Naplo, competencia de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva;
Que, mediante Informe Legal Nº 0153-2026-OGAJ/MDP de fecha 25 de junio de 2026 la Oficina General de Asesoría Jurídica, concluye que procede y concurren las condiciones legales para aprobar la modificación del Texto único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en la forma como se desarrolla y sustenta la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con su informe Técnico Nº 0070-2026-OGPP/MDP de fecha 24 de junio de 2026;
Que, mediante Memorándum Nº 0427-2026-GM-MDP de fecha 25 de junio de 2026 la Gerencia Municipal, remite todos los actuados a la Oficina General de Secretaría de Concejo a fin de emitir el acto resolutivo correspondiente;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 090-2023/MDP Y MODIFICATORIAS, RESPECTO DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS CORRESPONDIENTES A LA SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN Y EJECUTORÍA COACTIVA:
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2.1. SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN Y EJECUTORÍA COACTIVA |
||||||
|
Nº |
DENOMINACIÓN |
REQUISITOS |
UIT 2026 (S/ 5,500) |
TARIFA DERECHO DE PAGO (S/) |
PLAZO |
AUTORIZA |
|
2.1.1. |
Uso de baños públicos en la zona de Naplo. |
Pago por el servicio. |
0.02% |
S/ 1.00 |
Automático |
SGRYEC |
|
2.1.2. |
Uso de duchas en la zona de Naplo. |
Pago por el servicio. |
0.05% |
S/ 3.00 |
Automático |
SGRYEC |
Artículo Segundo.- APROBAR el Anexo que contiene la modificación de la estructura de costos de los servicios señalados en el artículo precedente, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- PRECISAR que permanecen vigentes todas las demás disposiciones contenidas en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 090-2023/MDP y sus modificatorias, en todo aquello que no se oponga a la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y a las demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario Oficial “El Peruano” y que entrará en vigencia al día siguiente de su difusión, así mismo ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías y Gobierno Digital, la publicación de la Resolución de Alcaldía y el anexo 01 que incluye la estructura de costos de cada servicio aprobado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.gob.pe/munipucusana)
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA
Alcalde
ANEXO Nº 01: MODIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS NO EXCLUSIVO EN EL TUSNE
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2.1 SUB GERENCIA DE RECAUDACION Y EJECUTORIA COACTIVA |
||||||
|
Nº |
DENOMINACIÓN |
REQUISITOS |
UIT 2026 (S/. 5, 500.00) |
TARIFA DERECHO DE PAGO (S/.) |
PLAZO |
AUTORIZA |
|
2.1.1 |
USO DE BAÑOS PUBLICOS EN LA ZONA DE NAPLO Y PUCUSANA |
Pago por el servicio. |
0.02% |
S/. 1.00 |
AUTOMÁTICO |
SGRYEC |
|
2.1.1 |
USO DE DUCHAS EN LA ZONA DE NAPLO Y PUCUSANA |
Pago por el servicio. |
0.05% |
S/ 3.00 |
AUTOMÁTICO |
SGRYEC |
ESTRUCTURA DE COSTO
2.1.1 USO DE BAÑOS PÚBLICOS EN LA ZONA DE NAPLO Y PUCUSANA
|
LOCACIÓN DE SERVICIO A CONTRATAR |
||||
|
CONCEPTO |
CANTIDAD |
UNIDAD |
COSTO UNITARIO |
COSTO MENSUAL |
|
PERSONAL DE RECAUDACION |
1 |
S/. 1, 600.00 |
S/. 1, 600.00 |
|
|
TOTAL DE MANO DE OBRA |
S/. 1, 600.00 |
|||
|
RESUMEN |
COSTO POR MES (A) |
COSTO POR DIA (A/30) (300.AS) (B) |
COSTO POR HORA (B/24 HRS) (C) |
USO DE BAÑOS PUBLICOS |
CANTIDAD DE USUARIOS (APROX.) |
|
LOCACION DE SERVICIO A CONTRATAR |
S/. 1, 600.00 |
S/ 53.33 |
S/ 2.22 |
S/ 1.00 |
S/. 1.760 |
|
TOTAL MENSUAL |
S/. 1, 600.00 |
S/ 53.33 |
S/ 2.22 |
S/ 1.00 |
S/. 1.760 |
2.1.2 USO DE DUCHAS EN LA ZONA DE NAPLO Y PUCUSANA
|
LOCACIÓN DE SERVICIO A CONTRATAR |
||||
|
CONCEPTO |
CANTIDAD |
UNIDAD |
COSTO UNITARIO |
COSTO MENSUAL |
|
PERSONAL DE RECAUDACION |
1 |
S/. 1,600.00 |
S/. 1,600.00 |
|
|
TOTAL DE MANO DE OBRA |
S/. 1,600.00 |
|||
|
RESUMEN |
COSTO POR MES (A) |
COSTO POR DIA (A/30) (300.AS)(B) |
COSTO POR HORA (B/24 HRS) (C) |
USO DE DUCHAS |
CANTIDAD DE USUARIOS (APROX.) |
|
LOCACION DE SERVICIO A CONTRATAR |
S/. 3,200.00 |
S/ 106.67 |
S/ 4.44 |
S/. 3.00 |
1,070 |
|
TOTAL MENSUAL |
S/. 3,200.00 |
S/ 106.67 |
S/ 4.44 |
S/. 3.00 |
1,070 |
2538134-1