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Fecha de publicación: 25/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Autorizan desagregación de recursos autorizados por la Ley N° 32732, a nivel funcional programático

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° D000083-2026-IPEN-PRES

San Borja, 24 de julio del 2026

VISTOS: El Informe N° D000042-2026-IPEN-PRTO, emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° D000273-2026-IPEN-PLPR, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000314-2026-IPEN-ASJU, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 32513 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN;

Que, a través de la Resolución de Presidencia N° D000096-2025-IPEN-PRES, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, en el marco de lo establecido en la Ley de Presupuesto, por el monto total de S/ 80,413,586.00 (Ochenta millones cuatrocientos trece mil quinientos ochenta y seis y 00/100 Soles);

Que, mediante la Ley N° 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas, en el numeral 3.1 del artículo 3°, se aprueba la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales;

Que, el numeral 3.2 del artículo 3° de la Ley N° 32732 establece que el detalle de los pliegos y de los recursos autorizados mediante el Crédito Suplementario se encuentra contenido en los anexos que forman parte integrante de la referida Ley, publicados en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el numeral 3.3 del artículo 3° de la Ley N° 32732 dispone que los titulares de los pliegos habilitados aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia de la citada Ley;

Que, de acuerdo con el Anexo IX “Crédito Suplementario a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional”, publicado conjuntamente con la Ley N° 32732, se autoriza al Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN la incorporación de recursos por la suma de S/ 12 188,00 (Doce mil ciento ochenta y ocho y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, mediante el Informe N° D000042-2026-IPEN-PRTO, la Unidad de Presupuesto emite opinión favorable para la aprobación de la desagregación de los fondos públicos a favor del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear, por el monto de S/ 12 188,00 (Doce mil ciento ochenta y ocho y 00/100 Soles), destinado a financiar los gastos correspondientes a la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 32732;

Que, mediante el Memorando N° D0000273-2026-IPEN-PLPR, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorga su conformidad para continuar con el trámite de aprobación de la referida desagregación de fondos, haciendo suyo el contenido y las conclusiones del Informe N° D000042-2026-IPEN-PRTO emitido por la Unidad de Presupuesto;

Que, mediante Informe N° D000314-2026-IPEN-ASJU, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación de la desagregación de los fondos públicos autorizados a favor del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear, por el monto de S/ 12 188,00 (Doce mil ciento ochenta y ocho y 00/100 Soles), destinado a financiar los gastos correspondientes a la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32732;

Que, el artículo 9° y el literal o) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM, establecen que la Presidencia constituye el más alto nivel de decisión del Instituto y como tal aprueba la política, los objetivos y las metas institucionales en armonía con la política del Sector, ejerce las funciones como Titular del Pliego; y tiene entre sus funciones, otras funciones en el ámbito de su competencia;

Que, en ese contexto, corresponde que la Presidencia emita el acto de administración interna a través del cual se disponga aprobar la desagregación de los recursos autorizados mediante la Ley N° 32732, a nivel funcional programático, por el monto de S/ 12 188,00 (Doce mil ciento ochenta y ocho y 00/100 Soles);

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 32513 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; Ley N° 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el literal o) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Desagregación de Recursos autorizados por la Ley N° 32732

Autorizar la desagregación de los recursos autorizados por la Ley N° 32732, a nivel funcional programático, hasta por la suma de S/ 12,188.00 (Doce mil ciento ochenta y ocho y 00/100 Soles) con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de acuerdo con el siguiente detalle:

EGRESOS En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 220 : Instituto Peruano de Energía Nuclear

UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano de Energía Nuclear

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1. Recursos Ordinarios

ACCIONES CENTRALES

ACTIVIDAD : 5 000003 Gestión Administrativa

5 GASTOS CORRIENTES

2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 12 188,00

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TOTAL UNIDAD EJECUTORA 12 188,00

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TOTAL PLIEGO 12 188,00

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Artículo 2°.- Solicitud de codificaciones presupuestarias

Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, solicite a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Artículo 3°.- Notas para Modificación Presupuestaria

Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4°.- Presentación de la Resolución

Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remita dentro de un plazo máximo de cinco (05) días calendario de aprobada la presente Resolución, una copia de la misma a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 5°.- Publicación

Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental de la Gerencia General la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; así como, en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN (www.gob.pe/ipen) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS FELIPE PALOMARES VILLANUEVA

Presidente (e)

Instituto Peruano de Energía Nuclear

2538062-1