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Fecha de publicación: 25/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Designan fiscal adjunto en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco y nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 2193-2026-MP-FN

Lima, 20 de julio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el oficio Nº 002197-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 26 de junio de 2026, y el informe Nº 0467-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 20 de julio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró a la abogada Zenia Romina Campos Soto, como fiscal adjunto provincial penal de Huánuco del distrito fiscal de Pasco y Huánuco.

Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Zenia Romina Campos Soto en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Al respecto, a través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias Nº 002-2024-SN/JNJ, 004-2024-SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fiscales penales, manteniéndose la ubicación geográfica y el Distrito Fiscal; en esa línea, con oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025.

Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2727-2023-MP-FN y 2920-2025-MP-FN, de fechas 18 de octubre de 2023 y 19 de septiembre de 2025, respectivamente, se resolvió nombrar al abogado Elmer Rivera Godoy, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándolo en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco, con reserva de su plaza de origen, laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.

Por su parte, artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.

El Ministerio Público -en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030- ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

En ese sentido, en virtud al Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, al oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo a través del oficio Nº 002197-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 26 de junio de 2026, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar a la abogada Zenia Romina Campos Soto, en su condición de magistrada titular, en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos el nombramiento y designación del fiscal señalado en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fiscal titular.

Asimismo, teniendo en consideración la propuesta efectuada mediante oficio Nº 002197-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 26 de junio de 2026, y con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá nombrar al abogado Elmer Rivera Godoy, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y designarlo en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, y por necesidad de servicio, destacarlo a la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, cuya vigencia fue prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 81-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Cabe acotar que el mencionado abogado registra una plaza indeterminada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen.

Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0467-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 20 de julio de 2026, y lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Elmer Rivera Godoy, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, y su designación en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2727-2023-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 2920-2025-MP-FN, de fechas 18 de octubre de 2023, 30 de diciembre de 2024 y 19 de septiembre de 2025, respectivamente.

Artículo Segundo.- Designar a la abogada Zenia Romina Campos Soto, fiscal adjunto provincial titular penal de Huánuco, Distrito fiscal de Pasco y Huánuco, en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco.

Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Elmer Rivera Godoy, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, con reserva de su plaza de origen; asimismo, destacarlo a la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco, por necesidad de servicio, a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición.

Artículo Cuarto.- Precisar que la plaza señalada en el artículo precedente, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, cuya vigencia fue prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 81-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento al abogado Elmer Rivera Godoy que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco, Lima Centro y Pasco, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2538049-2