Aprueban transferencia financiera a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº D000148-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE
Magdalena del Mar, 22 de julio del 2026
VISTOS:
El Informe Nº D000059-2026-MIDAGRI-SERFOR-PKFW de la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú; el Informe Nº D000134-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto; el Memorando Nº D000761-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº D000346-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como Pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2021-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por un monto de Euros 54’000,000,00 (Cincuenta y cuatro millones y 00/100 Euros); y se establece que la Unidad Ejecutora del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, es el SERFOR;
Que, con fecha 25 de mayo de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo entre la República del Perú y el KfW, por un monto de Euros 54’000,000.00, para el financiamiento del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000055-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE de fecha 28 de febrero de 2022, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en el Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR;
Que, el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2026, autoriza a las entidades públicas a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, previa suscripción de convenio, para financiar los gastos de operación y mantenimiento que demandan el uso de las instalaciones del Centro de Convenciones “27 de Enero”, Ciudad de Lima; agregándose en el numeral 13.2 de la citada normativa que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, en virtud al Convenio Nº 027-2026-MVCS, suscrito entre la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este último concede a la precitada Unidad Ejecutora el uso del Centro de Convenciones “27 de enero”, Ciudad de Lima, para el evento denominado “Expo Forestal 2026”, a desarrollarse del 13 al 17 de octubre de 2026;
Que, la Cláusula Novena del Convenio Nº 027-2026-MVCS, establece que la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú pagará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por concepto de gastos operativos y de mantenimiento derivados de la utilización del Centro de Convenciones “27 de enero”, Ciudad de Lima, la suma de S/ 45,963.40 (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y tres con 40/100 soles); precisando que el pago se realizará mediante transferencia financiera a nombre del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
Que, mediante Informe Nº D000059-2026-MIDAGRI-SERFOR-PKFW la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en Perú solicita que mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 45,963.40 (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y tres con 40/100 soles), a favor del Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción, para financiar los gastos de operación y mantenimiento que demandan el uso de las instalaciones del Centro de Convenciones “27 de enero”, Ciudad de Lima, en el marco de lo establecido en el Convenio Nº 027-2026-MVCS y el artículo 13 de la Ley Nº 32513, para tal efecto adjunta la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001172 por el importe de S/ 45,963.40;
Que, con Memorando Nº D000761-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR hace suyo el Informe Nº D000134-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OP, a través del cual la Oficina de Presupuesto emite opinión favorable para la aprobación de la transferencia financiera por la suma total de S/ 45,963.40 (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y tres con 40/100 soles), a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar los gastos de operación y mantenimiento que demanden el uso de las instalaciones del Centro de Convenciones “27 de Enero”, Ciudad de Lima, en el marco del artículo 13 de Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
Que, mediante Informe Legal Nº D000346-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en atención a lo dispuesto en la Cláusula Novena del Convenio Nº 027-2026-MVCS, lo solicitado por el Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en Perú, lo opinado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y en el marco del literal w) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo del SERFOR, en su condición de Titular del Pliego, emita el acto resolutivo que apruebe la transferencia financiera por el importe de S/ 45,963.40 (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y tres con 40/100 soles) a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, para financiar los gastos de operación y mantenimiento que demanden el uso de las instalaciones del Centro de Convenciones “27 de enero”, Ciudad de Lima;
Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo;
Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y; el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar Transferencia Financiera
Aprobar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el importe de S/ 45,963.40 (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y tres con 40/100 soles), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Afectación
El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú del Pliego 001: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, con Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Acciones necesarias
La Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, realiza las acciones correspondientes para materializar la transferencia financiera aprobada en el Artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Uso de los recursos transferidos
Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el Artículo 1 de la presente Resolución, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.gob.pe/serfor), en el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Desiderio Erasmo Otarola Acevedo
Director Ejecutivo
Servicio Nacional Forestal y de
Fauna Silvestre - SERFOR
2537680-1