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Fecha de publicación: 24/07/2026
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Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lambayeque

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 2186-2026-MP-FN

Lima, 20 de julio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, los oficios Nºs. 002414, 002524 y 002683-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 2, 7 y 17 de julio de 2026, respectivamente, y el informe Nº 00173-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 17 de julio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, por la cual se nombró al abogado Anderson Ascurra Carrión, como fiscal adjunto provincial penal José Leonardo Ortiz del distrito fiscal de Lambayeque.

Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Anderson Ascurra Carrión en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Al respecto, a través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias Nº 002-2024-SN/JNJ, 004-2024-SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fiscales penales, manteniéndose la ubicación geográfica y el Distrito Fiscal; en esa línea, con oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2295-2024-MP-FN, de fecha 18 de octubre de 2024, se resolvió nombrar al abogado Anderson Ascurra Carrión, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortíz; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1959-2025-MP-FN y 3287-2025-MP-FN, de fechas 27 de junio y 28 de octubre de 2025, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Danny Cobos Gamarra, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en la 1º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lambayeque, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.

El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

Con oficios Nºs. 002414, 002524 y 002683-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 2, 7 y 17 de julio de 2026, respectivamente, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, informa que la plaza a ocupar por el fiscal titular señalado en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 000969, toda vez que en dicha plaza actualmente se encuentra designado personal fiscal provisional. Asimismo, propone que el fiscal provisional a concluir sea reubicado en la plaza que cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 000817.

En ese sentido, en virtud al Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, al oficio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, a través de los oficios Nºs. 002414, 002524 y 002683-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 2, 7 y 17 de julio de 2026, respectivamente, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar al abogado Anderson Ascurra Carrión en su condición de magistrado titular en la 1º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lambayeque, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, asimismo será necesario dar por concluida la designación del abogado Danny Cobos Gamarra, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fiscal titular.

Por último, teniendo en consideración la propuesta efectuada en los oficios Nºs. 002414, 002524 y 002683-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 2, 7 y 17 de julio de 2026, respectivamente, y con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá designar al abogado Danny Cobos Gamarra, fiscal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Motupe, la misma que se encuentra libre.

Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 00173-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 17 de julio de 2026, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Anderson Ascurra Carrión, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortíz, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2295-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 18 de octubre y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Danny Cobos Gamarra, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, en la 1º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lambayeque, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3287-2025-MP-FN, de fecha 28 de octubre de 2025.

Artículo Tercero.- Designar al abogado Anderson Ascurra Carrión, fiscal adjunto provincial titular penal de José Leonardo Ortiz, Distrito Fiscal de Lambayeque, en la 1º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lambayeque (AIRHSP Nº 000969).

Artículo Cuarto.- Designar al abogado Danny Cobos Gamarra, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Motupe (AIRHSP Nº 000817).

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a los abogados Anderson Ascurra Carrión y Danny Cobos Gamarra que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2537679-4