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Fecha de publicación: 23/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Zarumilla y Tumbes del departamento de Tumbes

Convocan a magistrado para que asuma, temporalmente, el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica

Resolución Nº 1898-2026-JNE

Lima, 20 de julio de 2026

VISTA: La Resolución Nº 000123-2026-P/JNE, del 15 de julio de 2026, mediante la cual la Presidencia de este organismo electoral concede adelanto del descanso vacacional al magistrado Noé Rodecindo Ñahuinlla Alata, presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica (en adelante, JEE Huancavelica), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y,

CONSIDERANDO QUE:

1. De conformidad con el artículo 33, literal a, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), los Jurados Electorales Especiales (JEE) se constituyen como órganos temporales de impartición de justicia electoral de primera instancia, cuya presidencia recae en un Juez Superior titular designado por la Corte Superior de Justicia correspondiente.

2. Así, por medio de la Resolución Nº 0220-2026-JNE, del 3 de febrero de 2026, integrada por la Resolución Nº 0470-2026-JNE, del 6 de marzo de 2026, se estableció la conformación de los JEE para el proceso de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), convocado por el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM, a instalarse el 6 de febrero del mismo año. Entre ellos, se conformó e instaló el JEE de Huancavelica, designándose a don Noé Rodecindo Ñahuinlla Alata y a don Hernán Pozo Chávez como presidente, titular y suplente, respectivamente.

3. El 18 de junio del 2026 el magistrado Noé Rodecindo Ñahuinlla Alata solicitó adelanto de vacaciones por los días 24,25 y 26 de julio de 2026.

4. Es así que, con la resolución citada en el visto, la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones concedió al magistrado Noé Rodecindo Ñahuinlla Alata, adelanto de vacaciones por el periodo de tres días, comprendido entre el 24, 25 y 26 de julio del 2026.

5. En consecuencia, a fin de tomar las medidas inmediatas para dotar al JEE del quorum necesario para la emisión de pronunciamientos, tal como lo establece el numeral 8.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Nº 0849-2025-JNE, del 31 de diciembre de 2025, este Pleno estima necesario convocar al magistrado Hernán Pozo Chávez para que asuma el cargo de presidente del JEE, de manera temporal, hasta que culmine el periodo vacacional otorgado al presidente titular; esto es, desde la fecha en que presta juramento ante el presidente del Jurado Nacional de Elecciones hasta el 26 de julio de 2026.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

1. CONVOCAR, al magistrado Hernán Pozo Chávez para que asuma, temporalmente, el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica, a partir de la fecha de su juramentación hasta el 26 de julio de 2026, fecha en que culmina las vacaciones del presidente titular, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

2. PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio Público, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Defensoría del Pueblo, de la Contraloría General de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, del presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica y al magistrado Hernán Pozo Chávez, para los fines pertinentes.

3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, así como en el panel del Jurado Electoral Especial de Huancavelica.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

2537572-1