Dan por concluido nombramiento de fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 2215-2026-MP-FN
Lima, 22 de julio de 2026
VISTOS:
El proveído Nº 035794-2026-MP-FN-SEGFIN, de fecha 15 de julio de 2026, el oficio Nº 007458-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fecha 17 de julio de 2026, e informe Nº 0104-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 21 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1512-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Lita Verónica Reaño Lozano, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y designarla en la Segunda Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte, con retención de su cargo de carrera; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
A través del proveído Nº 035794-2026-MP-FN-SEGFIN, de fecha 15 de julio de 2026, de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación y el oficio Nº 007458-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fecha 17 de julio de 2026, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, se remite la carta presentada en fecha 15 de julio de 2026, suscrita por la abogada Lita Verónica Reaño Lozano, quien presenta su renuncia al cargo de fiscal adjunta provincial titular de familia de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, por motivos laborales, señalando como último día de labores el 15 de julio de 2026.
En ese contexto, debe tenerse en consideración que con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 051-2026-MP-FN-JFS, de fecha 21 de julio de 2026, se aceptó la renuncia formulada por la abogada Lita Verónica Reaño Lozano al cargo de fiscal adjunta provincial de familia de Pisco, del Distrito Fiscal de Ica, a partir del 16 de julio de 2026.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 01905-2026-202000500, de fecha 15 de julio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la citada abogada registra dos (2) quejas en trámite.
El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, y a la renuncia aceptada por la Junta de Fiscales Supremos, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente que dé por concluido el nombramiento y la designación de la fiscal renunciante, con eficacia anticipada, a partir del 16 de julio de 2026; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe Nº 0104-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 21 de julio de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Lita Verónica Reaño Lozano, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en la Segunda Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1512-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 17 de noviembre de 2021 y 30 de diciembre 2024, respectivamente; con eficacia anticipada, a partir del 16 de julio de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la abogada Lita Verónica Reaño Lozano mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1581-2024-JNJ, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Lita Verónica Reaño Lozano que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación (e)
2537570-6