Dan por concluida designación de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Requena
Resolución de Contraloría
N° 396-2026-CG
Lima, 22 de julio de 2026
VISTOS:
La Hoja Informativa N° 000144-2026-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; la Hoja Informativa N° 000012-2026-CG/GRLO, de la Gerencia Regional de Control de Loreto; el Memorando N° 000734-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000498-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000611-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;
Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modificatorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario oficial El Peruano;
Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;
Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría General de la República; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 390-2023-CG de 14 de noviembre de 2023, se designó al señor Luis Lorenzo Gerónimo Hernández, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Requena;
Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa N° 000144-2026-CG/VCG, en atención a sus funciones establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG y sus modificatorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Loreto, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Requena, de conformidad con el literal a) “Situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de la presente Directiva” señalado en el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; lo cual se configura ante la imposibilidad física y de salud sobreviniente del señor Luis Lorenzo Gerónimo Hernández, y con el propósito de garantizar la continuidad de los servicios de control, resguardar el interés institucional en la Municipalidad Provincial de Requena y facilitar la debida recuperación del colaborador;
Que, de acuerdo con las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000611-2026-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000498-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Requena, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Loreto, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Luis Lorenzo Gerónimo Hernández en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Requena.
Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.
Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda;
Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI
Contralor General de la República
2537512-1