Modifican la Resolución Ministerial
N° 000135-2026-PRODUCE, que aprobó la creación del “Grupo de Trabajo Multisectorial para el desarrollo de la economía circular en el Sector Productivo”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000200-2026-PRODUCE
Lima, 21 de julio de 2026
VISTOS: El Memorando N° 00001061-2026-
PRODUCE/DGAAMI de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, el Informe N° 00000422-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, el Memorando N° 00000822-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando N° 00000588-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 00000932-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; además, señala que para otras funciones que no sean las antes indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a Grupos de Trabajo;
Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros. Pueden ser sectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que lo preside;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE se aprueba la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de la Producción, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para el desarrollo de la economía circular en el Sector Productivo” (en adelante, “Grupo de Trabajo Multisectorial”);
Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto identificar y promover la adopción de iniciativas y acciones específicas que impulsen la economía circular en el desarrollo productivo, con énfasis en la industria manufacturera y el comercio interno, en concordancia con la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030, aprobada por el Decreto Supremo N° 018-2025-PRODUCE, y la normatividad vigente sobre la materia;
Que, a través del Informe N° 00000076-2026-
PRODUCE/DIGAMI-pdelgado y el Memorando N° 00000731-2026-PRODUCE/DIGAMI, de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, se sustenta la modificación de la Resolución Ministerial N° 00135-2026-PRODUCE con la finalidad de fortalecer la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial, incorporando nuevos integrantes. Asimismo, se sustenta la necesidad de establecer disposiciones que propicien la coordinación e implementación de la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030;
Que, se cuenta con el consentimiento de las entidades que se incorporan como integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme a lo previsto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado;
Que, a través del Informe N° 00000563-2026-
PRODUCE/DN de la Dirección de Normatividad y el Informe N° 00000308-2026-PRODUCE/DP de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio se considera procedente la modificación de la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE, propuesta por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria;
Que, por el Memorando N° 00000588-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se considera procedente emitir la presente Resolución Ministerial, dado que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria sustenta la modificación de la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE, conforme a lo señalado en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado;
Que, mediante el Informe N° 00000932-2026-
PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable modificar la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE, de acuerdo con lo propuesto por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria;
Que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, resulta necesario modificar el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE, con la finalidad de fortalecer la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial; así como establecer disposiciones que propicien la coordinación e implementación de la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE
Modificar el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000135-2026-PRODUCE, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo
3.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por:
a) Un representante del Ministerio de la Producción, quien lo preside.
b) Un representante del Ministerio del Ambiente.
c) Un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
d) Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
e) Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
f) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
g) Un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.
h) Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú.
i) Un representante de la Sociedad Nacional de Industrias.
j) Una representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas.
k) Un representante de la Asociación de Exportadores.
l) Un representante de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú.
m) Un representante de la Asociación de Gremios Productores Agrarios del Perú.
n) Un representante de la Asociación de Universidades del Perú.
ñ) Un representante de Delegación de la Unión Europea en el Perú.
o) Un representante de la Cooperación Alemana (Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit - GIZ).
p) Un representante de la Asociación de Productores de Cemento (ASOCEM).
q) Un representante de la Asociación Peruana de Agroindustriales del Azúcar y Derivado (PERUCAÑA).
r) Un representante de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
(…)”
Artículo 2.- Coordinaciones para la implementación de la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030
2.1. De conformidad con la Acción Estratégica 1.2. de la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030, aprobada por el Decreto Supremo N° 018-2025-PRODUCE, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria es la responsable de articular con las dependencias del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, así como con los programas y demás entidades bajo su ámbito, la implementación de la mencionada Hoja de Ruta, a través de su plan de acción; por lo que, corresponde que dicha Dirección General informe, de manera anual, al Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, acerca de los avances, logros y otros aspectos relevantes.
2.2. En dicho marco, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria mediante Resolución Directoral puede aprobar instrumentos, lineamientos y/o guías técnicas complementarias para propiciar la coordinación e implementación de la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030.
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente Resolución Ministerial a las entidades involucradas y a las dependencias del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, en su calidad de Secretaría Técnica, para los fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR MANUEL QUISPE LUJAN
Ministro de la Producción
2537196-1