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Fecha de publicación: 22/07/2026
Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad estandarizados del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales

Designan Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán

Resolución Viceministerial

N° 137-2026-MINEDU

Lima, 17 de julio de 2026

VISTO, el Expediente N° DICOPRO2026-INT-0658187, el Oficio N° 02025-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe N° 00430-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; y, el Informe N° 01111-2026-MINEDU/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 32471, se crea la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán, con personería jurídica de derecho público interno, con sede ubicada en la localidad de Huaycán del distrito de Ate Vitarte de la provincia y departamento de Lima, con autonomía académica y administrativa, según lo establecido en la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la misma que constituye pliego presupuestal;

Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, de acuerdo con los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos en el marco de su competencia, respectivamente;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), tiene la función de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; asimismo, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene la función de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, quienes desempeñan sus funciones a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, el literal b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señala que, en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la DICOPRO del MINEDU, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;

Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 067-2026-MINEDU, se constituye la primera Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán y se designa al señor WILLIAM ALBERTO HUAMANI ESCOBAR, como Presidente; al señor WALTER ANDIA VALENCIA, como Vicepresidente Académico; y, al señor JORGE LEONCIO RIVERA MUÑOZ, como Vicepresidente de Investigación;

Que, con la Carta de fecha 22 de junio, ingresada por Mesa de Partes Virtual del MINEDU el 23 de junio de 2026, el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán presenta su renuncia irrevocable al cargo, invocando motivos institucionales y administrativos derivados del vínculo laboral y académico con su universidad de origen; asimismo, solicitó la exoneración del plazo de ley;

Que, a través del Oficio N° 13-2026-UNCTH/P, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán precisa que el señor WALTER ANDIA VALENCIA, habría laborado ejerciendo el cargo de Vicepresidente Académico de la referida Comisión Organizadora hasta el 23 de junio de 2026;

Que, mediante el Oficio N° 02025-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, la DIGESU remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00430-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual la DICOPRO, sustenta y propone la emisión de la Resolución Viceministerial que disponga: i) Aceptar, al 23 de junio de 2026, la renuncia presentada por el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán; y, ii) Designar a la señora CARMEN LUISA CHAUCA SAAVEDRA, en el cargo de Vicepresidenta Académica de la mencionada Comisión Organizadora;

Que, a través del Informe N° 01111-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de visto, conforme a lo sustentado por la DICOPRO de la DIGESU, opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Viceministerial y sugiere proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30220, Ley Universitaria, la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 32471, Ley que crea la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución” y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar, al 23 de junio de 2026, la renuncia presentada por el señor WALTER ANDIA VALENCIA, en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán, agradeciéndole por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la señora CARMEN LUISA CHAUCA SAAVEDRA, en el cargo de Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán.

Articulo 3.- Disponer que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Afines de Huaycán, remita a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente, una copia del Informe de Entrega de Cargo, conforme a lo previsto en el literal b) del numeral 6.1.9 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GERBER SERGIO PÉREZ POSTIGO

Viceministro de Gestión Pedagógica

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