Aprueban la nueva Política Antisoborno del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS
Resolución de Consejo Directivo
N° 000004-2026-OTASS-CD
Lima, 20 de julio de 2026
VISTOS
Los Informes N° 000113-2026-OTASS-UILCC, N° 000115-2026-OTASS-UILCC, y N° 000139-2026-OTASS-UILCC de la Unidad de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Informe N° 000050-2026-OTASS-UPM e Informe Técnico N° 000053-2026-OTASS-UPM, de la Unidad de Planeamiento y Modernización; los Memorandos N° 000795-2026-OTASS-OPPM, N° 000909-2026-OTASS-OPPM y N° 000957-2026-OTASS-OPPM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 000296-2026-OTASS-OAJ e Informe Legal N° 000282-2026-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 000222-2026-OTASS-GG de la Gerencia General y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario;
Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual renueva el compromiso del Estado por erradicar la corrupción en todas sus instancias y a través de sus lineamientos generales y específicos orienta las acciones y estrategias que despliega el Estado a través del instrumento de gestión que configura el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como aquellos planes o instrumentos de gestión conexos a la política nacional;
Que, a través del Decreto Supremo N° 141-2025-PCM se aprueba la Política General de Gobierno 2025-2026: Transición Democrática y Reconciliación Nacional la cual incluye los ejes y lineamientos que orientan la acción del Poder Ejecutivo, incluyendo el fortalecimiento de la integridad pública y la lucha contra la corrupción en todas las entidades del Estado.
Que, mediante de Resolución de Consejo Directivo N° 013-2022-OTASS/CD de fecha 31 de mayo de 2022, se aprueba la Política Antisoborno del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento -OTASS; la misma que fue modificada a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 000013-2025-OTASS-CD, de fecha 29 de agosto de 2025;
Que, con Informe N° 000115-2026-OTASS-UILCC de fecha 21 de mayo de 2026, la Unidad de Integridad y Lucha contra la Corrupción comunica la necesidad de una actualización inmediata de la Política Antisoborno debido a que su base normativa, la NTP-ISO 37001:2017, ha sido dejada sin efecto mediante Resolución Directoral N° 000017-2015-INACAL/DN que aprobó la NTP-ISO 37;
Que, mediante Memorando N° 000909-2026-OTASS-OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe Técnico N° 000053-2026-OTASS-UPM de fecha 22 de junio de 2026, emitiendo opinión favorable respecto a la propuesta de actualización de la Política Antisoborno del OTASS, remitida por la Unidad de Integridad y Lucha contra la Corrupción;
Que, con Informe Legal N° 000282-2026-OTASS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación de la propuesta de actualización de la Política Antisoborno del OTASS;
Que, mediante Acuerdo N° 04 adoptado por el Consejo Directivo, en Sesión Ordinaria N° 014-2026-CD, de fecha 16 de julio de 2026, se acordó aprobar la nueva Política Antisoborno del OTASS;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del OTASS;
Con el visado de Presidencia Ejecutiva, de la Gerencia General, de la Unidad de Integridad y Lucha contra la Corrupción, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; del Decreto Supremo N° 141-2025-PCM que aprueba la Política General de Gobierno 2025-2026; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto
Dejar sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 013-2022-OTASS/CD y la Resolución de Consejo Directivo N° 000013-2025-OTASS-CD que respectivamente aprueba y modifica la Política Antisoborno del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS”.
Artículo 2.- Aprobación
Aprobar la nueva Política Antisoborno del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, la cual como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente Resolución, a las unidades y órganos que forman parte del Sistema Gestión Antisoborno en el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución, así como su anexo, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAHARIN ALBERTO CAPARO JARUFE
Presidente del Consejo Directivo
POLÍTICA ANTISOBORNO DEL ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) con el propósito de contribuir a la mejora efectiva de la administración de los servicios de saneamiento, así como de fortalecer, reflotar e integrar a las EPS incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio; establece, disposiciones en la presente política que son de cumplimiento obligatorio para todo el personal del OTASS, independientemente de su régimen laboral; así como para proveedores, contratistas y consultores y demás terceros vinculados, quienes deberán cumplir las obligaciones antisoborno establecidas.
En ese marco, el OTASS asume los siguientes compromisos:
1. Fomentar la ética y cultura de integridad, estableciendo la prohibición del soborno, el rechazo de la corrupción en cualquiera de sus modalidades y del incumplimiento de obligaciones, así como la prohibición de aceptar regalos, obsequios o cortesías, o de obtener ventajas indebidas.
2. Requerir el cumplimiento de las obligaciones legales, regulatorias y demás requisitos aplicables, así como de los requisitos del Sistema de Gestión Antisoborno.
3. Promover la gestión de riesgos de soborno y el cumplimiento de obligaciones, mediante la implementación de controles eficaces, fomentando la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno, reconociendo a las personas como actores clave en su gestión y mejora.
4. Promover el planteamiento de inquietudes relacionadas a actos de soborno o corrupción, en cualquiera de sus modalidades y con el incumplimiento de obligaciones, mediante la implementación de canales de denuncia, garantizando la confidencialidad y la protección de los denunciantes de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, y prohibiendo cualquier acto de represalia.
5. Garantizar que la Función Antisoborno cuente con la autoridad, independencia, competencia y acceso directo al Órgano de Gobierno y a la Alta Dirección necesarios para supervisar, diseñar, implementar, asesorar y evaluar el desempeño y la eficacia del Sistema de Gestión Antisoborno.
6. Sancionar el incumplimiento normativo vinculado al sistema de gestión antisoborno mediante la aplicación de medidas disciplinarias, previa investigación, determinación de responsabilidades y conforme a la normativa aplicable.
El OTASS establece que la Alta Dirección lidera la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno, asegurando su integración en la gestión institucional y la asignación de recursos, mientras que todos los servidores y terceros son responsables de su cumplimiento y de reportar cualquier riesgo o incumplimiento.
Asimismo, el OTASS reafirma su compromiso de promover las conductas éticas e íntegras, difundiendo e incentivando en sus servidores/as el conocimiento y cumplimiento de la presente Política a fin de prevenir y/o evitar cualquier riesgo de corrupción.
Lima, 17 de julio de 2026
CAHARIN ALBERTO CAPARO JARUFE
Presidente del Consejo Directivo
Organismo Técnico de la Administración
de los Servicios de Saneamiento
2536940-1