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Fecha de publicación: 22/07/2026
Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad estandarizados del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba a Brasil, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL

INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA

Resolución de

Comisión Organizadora

N° 080-2026-CO-UNIQ

Quillabamba, 2 de julio de 2026

VISTOS: La Carta s/n del XXXV Congreso Latino - Americano de Sociología - ALAS 2026, la Carta N° 0016-2026/UNIQ-DII-EPCS-ANTROPOCENO de fecha 06 de mayo de 2026, el Informe N° 053-2026-DI-VPI-UNIQ de fecha 12 de mayo de 2026, el Informe N° 0147-2026/CO-UNIQ-VPI-DII de fecha 08 de junio de 2026, el Informe N° 003-2026-UNIQ-VPI de fecha 12 de junio de 2026, el Informe Legal N° 006-2026/UNIQ-OAJ-SCR de fecha 25 de junio de 2026, el Proveído de Presidencia N° 1618 de fecha 30 de junio de 2026 y el Acuerdo N° 093-2026-UNIQ-CO-SO adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 01 de julio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al cuarto párrafo del Art. 18 de la Constitución política del Estado, concordante con el Art. 8 de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria y modificado mediante Ley N° 31520; el Estado reconoce la autonomía universitaria en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Se rige por su estatuto, instrumento que ha sido elaborado bajo el respeto irrestricto de la Constitución, Ley Universitaria y demás normas concordantes;

Que, en ese mismo marco normativo, el segundo párrafo del artículo 29 de la Ley Universitaria - Ley N° 30220 en concordancia con el numeral 5.2 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución” aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias, determina que, la Comisión Organizadora es un órgano de gestión constituido y que a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento; así como, la conducción y dirección de la universidad hasta la constitución de los órganos de gobierno;

Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; normativa que entre otros, establece que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, mediante el cual se modifica los artículos 5° y 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

Que, mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora N° 301-2023-CCO-UNIQ, de fecha 17 de noviembre de 2023, se resolvió aprobar el proyecto de investigación titulado “Antropoceno y cotidianos extractivos en la Amazonía del Bajo Urubamba: transformaciones en la construcción de la persona y cosmopolítica en los matsigenkas de las comunidades nativas Cashiriari y Segakiato”, con un presupuesto de S/ 1,820,289.29 y un plazo de ejecución de 36 meses, siendo designada como investigadora responsable la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, suscribiéndose para tal efecto el Contrato N° 04-2024 para la ejecución del referido proyecto de investigación, el cual fue posteriormente modificado mediante Resolución N° 475-2025-UNIQ-CO, de fecha 15 de agosto de 2025;

Que, en el desarrollo de dicho proyecto de investigación y mediante Carta de Aceptación del XXXV Congreso Latinoamericano de Sociología - ALAS 2026, la organización del referido congreso aceptó la propuesta de trabajo de la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, titulada “Mujeres Matsigenka, proyectos de desarrollo y artes de habitar en la extracción de gas en el Bajo Urubamba”, para su incorporación en la programación oficial del Grupo de Trabajo GT 14 - Sociología Ambiental, Ecología Política y Extractivismo, evento que se llevará a cabo del 26 al 31 de julio de 2026 en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil;

Que, en virtud de dicha aceptación, mediante Carta N° 0016-2026/UNIQ-DII-VPI-EPCS-ANTROPOCENO, de fecha 06 de mayo de 2026, la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, responsable del proyecto de investigación, solicitó la Resolución de autorización de viaje internacional para su participación como ponente en el XXXV Congreso Latinoamericano de Sociología (ALAS 2026), adjuntando el Plan de Viaje, los documentos probatorios de aceptación como ponente, el cuadro detallado de fechas y actividades, la programación técnica por componente y la Resolución de aprobación del proyecto de investigación;

Que, mediante Informe N° 053-2026-DI-VPI-UNIQ, de fecha 12 de mayo de 2026, el Monitor de Proyectos de Investigación emitió opinión técnica favorable para la aprobación de la autorización solicitada, concluyendo que el proyecto de investigación se encuentra dentro del plazo de ejecución vigente, que la actividad solicitada se encuentra contemplada en la programación técnica del Plan Operativo del Proyecto (POP), que el proyecto cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente y que la solicitud cumple con los requisitos y procedimientos establecidos en la normativa institucional vigente, en ese mismo sentido, mediante Informe N° 0147-2026/CO-UNIQ-VPI-DII, el Director de Institutos de Investigación emitió opinión técnica favorable al requerimiento presentado por la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, para su participación en el XXXV Congreso Latinoamericano de Sociología (ALAS 2026);

Que, en virtud de ello y en ejercicio de sus funciones, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 006-2026/UNIQ-OAJ-SCR, de fecha 25 de junio de 2026, luego del análisis correspondiente, concluyó que resulta PROCEDENTE la solicitud de autorización de viaje internacional presentada por la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, responsable del proyecto de investigación titulado “Antropoceno y Cotidianos Extractivos en la Amazonia del Bajo Urubamba: Persona y cosmopolítica entre los Matsigenkas”, para su participación en el XXXV Congreso Latinoamericano de Sociología (ALAS 2026), a desarrollarse en Brasil del 26 al 31 de julio de 2026, con cargo al proyecto de investigación antes señalado, precisando dicho informe que su pronunciamiento no tiene carácter vinculante respecto de la decisión de fondo, la cual corresponde a la Comisión Organizadora en ejercicio de sus atribuciones de dirección y gobierno universitario;

Que, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, la Comisión Organizadora en su Sesión Ordinaria de fecha 01 de julio de 2026, emite el ACUERDO N° 093-2026-UNIQ-CO-SO, por UNANIMIDAD, autorizar en comisión de servicios el viaje internacional de la Dra. ELEANA PAOLA CATACORA SALAS identificada con DNI N° 43445838, docente responsable del proyecto de investigación “Antropoceno y Cotidianos Extractivos en la Amazonia del Bajo Urubamba: Persona y cosmopolítica entre los Matsigenkas”, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 26 al 31 de julio de 2026, a fin de participar como ponente en el XXXV Congreso Latinoamericano de Sociología (ALAS 2026), con la propuesta aceptada que se titula “Mujeres Matsigenka, proyectos de desarrollo y artes habitacionales en la extracción de gas en el Bajo Urubamba”, asimismo autorizar su salida del país el 25 de julio del 2026 y su retorno el 02 de agosto de 2026;

Que, asimismo a efectos de garantizar la continuidad y la gestión administrativa institucional, mediante Memorándum N° 071-2026/UNIQ-CO-P-FMO, se dispuso encargar el despacho de la Presidencia al Vicepresidente Académico, PhD. Isaías Merma Molina, del 02 al 10 de julio de 2026, período durante el cual ejercerá las funciones inherentes a dicho despacho;

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias, la Resolución Viceministerial N° 099-2026-MINEDU, el Estatuto de la UNIQ, y a lo acordado por el pleno de la Comisión Organizadora de la UNIQ;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, en comisión de servicios el viaje internacional de la Dra. ELEANA PAOLA CATACORA SALAS identificada con DNI N° 43445838, docente responsable del proyecto de investigación “Antropoceno y Cotidianos Extractivos en la Amazonia del Bajo Urubamba: Persona y cosmopolítica entre los Matsigenkas”, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 26 al 31 de julio de 2026, a fin de participar como ponente en el XXXV Congreso Latinoamericano de Sociología (ALAS 2026), con la propuesta aceptada que se titula “Mujeres Matsigenka, proyectos de desarrollo y artes habitacionales en la extracción de gas en el Bajo Urubamba”; asimismo autorizar su salida del país el 25 de julio del 2026 y su retorno el 02 de agosto de 2026.

Artículo Segundo.- DISPONER, que los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo primero de la presente Resolución, por un monto total de US$ 3,970.00 (Tres mil novecientos setenta y 00/100 dólares americanos), serán financiados íntegramente con cargo al presupuesto y fuente de financiamiento considerado en el Proyecto de investigación aprobado con Resolución de Consejo de Comisión Organizadora N° 301-2023-CCO-UNIQ, de fecha 17 de noviembre de 2023 y es conforme al siguiente detalle:

N°

CLASIFICADOR

U.M.

CANT.

P.U.

PRECIO TOTAL

1

2. 3. 2 1. 1 1

Pasaje aéreo

1

US$ 1380

US$ 1380

2

2. 3. 2 1. 1 2

Viatico Internacional

7 DIAS

US$ 370

US$ 2590

TOTAL, PRESUPUESTO ESTIMADO

US$ 3,970

Artículo Tercero.- DISPONER, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. www.gob.pe/uniq.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ISAIAS MERMA MOLINA

Presidente de la Comisión Organizadora (e)

Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba

LUCIO MAMANI QUISPE

Secretario General

Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba

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