Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 395-2026-MTC/01.02
Lima, 17 de julio de 2026
VISTOS: La Comunicación APSAC GG N.º 067-2026 de la empresa AERO PALCAZU S.A.C., el Informe Nº 0362-2026-MTC/12 y el Memorando Nº 0971-2026-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo Nº 047-2022-PCM, por lo que los viajes se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean;
Que, mediante la Comunicación APSAC GG N.º 067-2026, la empresa AERO PALCAZU S.A.C. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, realizar la inspección técnica por expedición de certificado de aeronavegabilidad de la aeronave B737-400 S/N: 28087, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-003 “Inspección técnica a aeronaves” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC y sus modificatorias;
Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando precedente de acuerdo al TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; conforme se aprecia de los comprobantes de pago que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; por lo que, los costos del viaje en comisión de servicios, incluyendo el pago de viáticos están cubiertos por la empresa solicitante;
Que, la solicitud de autorización de viaje es evaluada y sustentada por la Dirección General de Aeronáutica Civil con el Informe Nº 0362-2026-MTC/12 y el Memorando Nº 0971-2026-MTC/12, conforme a las Órdenes de Inspección Nº 105-2026-MTC/12.07 y Nº 106-2026-MTC/12.07 y el Informe Nº 0278-2026-MTC/12.07 de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, siendo que dicha Dirección General señala que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores JUAN JOSE CASTRO VELEZ y LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 28 al 31 de julio de 2026, por ser de interés institucional, para los fines antes expuestos;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley
Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores JUAN JOSE CASTRO VELEZ y LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 28 al 31 de julio de 2026, por ser de interés institucional, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos por la empresa AERO PALCAZU S.A.C., a través de los comprobantes de pago que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deben presentar al Titular de la Entidad un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALDO M. PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) |
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Código: F-DSA-P&C-002 |
Revisión: Original |
Fecha: 30.08.10 |
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Cuadro Resumen de Viajes |
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RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDO DEL 28 AL 31 DE JULIO DE 2026 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0278-2026-MTC/12.07 Y Nº 0362-2026-MTC/12 Y EL MEMORANDO Nº 0971-2026-MTC/12 |
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ÓRDENES DE INSPECCIÓN Nºs |
INICIO |
FIN |
VIÁTICOS (US$) |
SOLICITANTE |
INSPECTORES |
CIUDAD |
PAÍS |
DETALLE |
COMPROBANTES DE PAGO Nºs |
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105-2026-MTC/12.07 |
28-Jul |
31-Jul |
US$ 1,480.00 |
AERO PALCAZU S.A.C. |
JUAN JOSE CASTRO VELEZ |
Quito |
República del Ecuador |
Inspección técnica por expedición de certificado de aeronavegabilidad de la aeronave B737-400 S/N: 28087. |
83491 y 10477 |
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106-2026-MTC/12.07 |
28-Jul |
31-Jul |
US$ 1,480.00 |
AERO PALCAZU S.A.C. |
LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA |
Quito |
República del Ecuador |
Inspección técnica por expedición de certificado de aeronavegabilidad de la aeronave B737-400 S/N: 28087. |
83491 y 10477 |
2536351-1