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Fecha de publicación: 19/07/2026
Aprueban las “Orientaciones para la elaboración de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN), registro y validación de Información en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”

Delegan facultades a servidores de la Oficina de Normalización Previsional en materia de contrataciones públicas durante el Año Fiscal 2026

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

Nº 000126-2026-GG-ONP

Lima, 17 de julio del 2026

VISTOS:

El Memorando Nº 004169-2026-OAD-ONP, que adjunta el Informe Nº 000641-2026-OAD.AB-ONP, de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 000048-2026-OPP-ONP, que adjunta el Informe Nº 000008-2026-OPP.UMO-ONP, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000040-2026-OAJ-ONP de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Resolución de Gerencia General Nº 000001-2026-GG-ONP, el Gerente General de la Oficina de Normalización Previsional, en su calidad de autoridad de la gestión administrativa de la entidad, delegó facultades a diversos servidores de la ONP durante el año fiscal 2026;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 115-2026-EF se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Previsional, que consta de tres (3) títulos y treinta y nueve (39) artículos, con la finalidad proporcionar a la Oficina de Normalización Previsional un nuevo diseño y estructura organizacional que le permite mejorar el desempeño de su gestión institucional y de la prestación de servicios previsionales a la ciudadanía;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 000107-2026-JF-ONP se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Previsional, que consta de un (01) título, sesenta y cuatro (64) artículos y dos (02) anexos, que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Oficina de Normalización Previsional, asimismo, la citada resolución precisa que la misma entra en vigencia a partir del 8 de julio de 2026;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 000111-2026-JF-ONP se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Oficina de Normalización Previsional;

Que, el artículo 12 del Texto Integrado del ROF de la ONP establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la representación legal de la entidad;

Que, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, establecen los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, precisando en el numeral 25.2 del artículo 25 de la precitada Ley, que la autoridad de la gestión administrativa puede delegar, mediante resolución, las facultades que la referida norma le otorga, salvo las excepciones previstas en su Reglamento;

Que, el numeral 65.1 del artículo 65 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación;

Que, el numeral 67.1 del artículo 67 del mencionado Texto Único Ordenado, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 68, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, la Oficina de Administración, mediante el Memorando Nº 004169-2026-OAD-ONP, que adjunta el Informe Nº 000641-2026-OAD.AB-ONP, propone que se deleguen facultades correspondientes a la autoridad de la gestión administrativa, en el ámbito de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, con el fin de agilizar los procedimientos en materia de contratación pública;

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando Nº 000048-2026-OPP-ONP, que adjunta el Informe Nº 000008-2026-OPP.UMO-ONP, concluye que la propuesta de delegación de facultades formulada no contraviene las materias expresamente indelegables establecidas en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones, en ese sentido, remite la propuesta final de delegación de facultades para su aprobación y señala que, en consecuencia, se debe derogar la Resolución de Gerencia General Nº 000001-2026-GG-ONP;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 000040-2026-OAJ-ONP, opina que resulta legalmente viable que, para el año 2026, el Gerente General delegue las facultades para la gestión interna de la entidad, conforme con la propuesta final remitida por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en virtud de lo cual, corresponde derogar la Resolución de Gerencia General Nº 000001-2026-GG-ONP;

Que, por las consideraciones precedentes, resulta necesario delegar durante el año 2026 determinadas facultades asignadas al Gerente General;

Con los vistos de la Oficina de Administración; de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina de Recursos Humanos; de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Previsional, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000111-2026-JF-ONP; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades al servidor con funciones asignadas de la Oficina de Administración

a) Modificar el Cuadro Multianual de Necesidades.

b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones según la normativa vigente.

c) Aprobar la ejecución y pago de prestaciones adicionales de bienes, servicios y consultoría de obras, hasta por el 25% del monto del contrato original.

d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra, bajo el sistema de solo construcción, hasta por el 15% del monto del contrato original, restándole los presupuestos deductivos vinculados.

e) Autorizar las prestaciones adicionales de obra, bajo el sistema de entrega de diseño y construcción, hasta un 25% del monto contractual considerado para el componente diseño; y en lo que corresponde al componente de ejecución, hasta un 20% del monto de la obra considerado en el expediente técnico aprobado o del monto del presupuesto actualizado de la obra, en el caso de la ejecución mediante fast track.

f) Designar a una o más unidades orgánicas como áreas técnicas estratégicas, para la atención de una o más necesidades de otras áreas usuarias, por el período y forma que establezca la Ley Nº 32069.

g) Aprobar el proceso de compatibilización del requerimiento.

h) Aprobar el expediente de contratación previo a la fase de selección.

i) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités, previa verificación de los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 32069.

j) Designar a los expertos integrantes, titular y suplente, del jurado, previa verificación de los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 32069.

k) Cancelar el procedimiento de selección, en cualquier momento previo a la adjudicación de la buena pro o la adjudicación para la innovación.

l) Autorizar la suspensión del plazo de ejecución, cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad contratante.

m) Autorizar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y obras hasta por el 25% del monto del contrato original.

n) Autorizar la modificación contractual por hecho sobreviniente a la suscripción del contrato no imputable a las partes y, excepcionalmente, cuando ésta se deba a causa imputable a alguna de las partes, siempre que no haya habido dolo.

o) Autorizar la ampliación del plazo del contrato para bienes y servicios, previa solicitud sustentada del contratista.

p) Autorizar el pago de la ejecución de mayores metrados, previa presentación de la valorización de mayores metrados ejecutados durante el período valorizado, con la utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV) respectivos.

q) Resolver la solicitud de ampliación de plazo en contratos de consultoría de obras.

r) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de un bien o servicio que cuente con ficha técnica.

s) Suscribir el convenio interinstitucional para encargar a Perú Compras u otra entidad contratante la realización de la fase de actuaciones preparatorias y/o de la fase de selección que aquella requiera para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras.

t) Suscribir el documento que designa al funcionario o servidor público responsable del procedimiento de inscripción o reinscripción de persona natural y jurídica extranjera no domiciliada sin representante legal o apoderado en el Perú para la provisión de bienes sofisticados y/o servicios especializados.

u) Evaluar el motivo de la ausencia de integrantes de comités de procedimientos de selección competitivos a efectos de determinar indicios de responsabilidad.

v) Aprobar, suscribir, modificar y/o resolver las contrataciones derivadas de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.

w) Aprobar las modificaciones a los contratos por acuerdo de las partes, por disposición de la entidad contratante o a solicitud del contratista, para alcanzar la finalidad del contrato de manera oportuna y eficiente y en consideración a la estrategia de contratación. Con la excepción de los supuestos establecidos en la Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento.

x) Supervisar el cumplimiento de la obligación de otras entidades cuando se les solicite información u opinión técnica, en el marco de la estandarización de requerimientos.

Artículo 2. Delegación de facultades al servidor con funciones asignadas de la Unidad de Abastecimiento

a) Verificar que los servidores de la Dependencia Encargada de las Contrataciones se encuentren certificados como compradores públicos, conforme al nivel que corresponda a las actividades que realiza.

b) Autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.

Artículo 3. Delegación de facultades al servidor con funciones asignadas de la Oficina de Asesoría Jurídica

a) Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio al amparo del principio de eficacia y eficiencia, y de acuerdo con los criterios y requisitos establecidos en la Ley Nº 32069.

b) Designar al árbitro por parte de la entidad contratante, tanto en el arbitraje institucional como en el arbitraje ad hoc.

c) Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje cada una de las controversias que cumplan con el supuesto de arbitrabilidad y con el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 32069, considerando criterios de costo-beneficio con un análisis detallado de cada controversia y ponderando los costos en tiempo y recursos de recurrir a la vía arbitral, así como la expectativa de éxito en dicha vía y los riesgos de no cumplir la decisión de la Junta de Prevención y Resolución de Disputas.

d) Designar a una nueva institución o centro inscrito en el Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU), respectivamente, a fin de continuar con la tramitación del mecanismo de resolución de controversias.

Artículo 4.- Aplicación de facultades en materia de contratación pública a los procedimientos de selección que se convoquen para la adquisición de bienes, servicios u obras del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR)

Precísase que las facultades delegadas en materia de contratación pública a las que se refieren los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución son aplicables a los procedimientos de selección que se convoquen para la adquisición de bienes, servicios u obras del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR) cuando la ONP, actuando como Secretaría Técnica del FCR, sea la que asuma con sus propios recursos dichas contrataciones.

Artículo 5.- Obligación de informar

Dispónese que los servidores a los cuales se delega las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución están obligados a dar cuenta en forma trimestral, respecto a las actuaciones derivadas de la delegación otorgada.

Artículo 6.- Notificación

Pónese en conocimiento la presente resolución a los servidores a los cuales se les delega facultades.

Artículo 7.- Vigencia

Establécese que la delegación de facultades a que se refiere la presente resolución es para el presente Año Fiscal 2026.

Artículo 8.- Publicación

Dispónese la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe).

Artículo 9.- Derogatoria

Derógase la Resolución de Gerencia General Nº 000001-2026-GG-ONP.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALFREDO JESÚS MUÑOZ CASTRO

Gerencia general

Oficina de Normalización Previsional

2536339-1