Otorgan la distinción de Medalla de Honor de la Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000222-2026-MC
San Borja, 17 de julio del 2026
VISTOS: el Proveído Nº 009933-2026-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000785-2026-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000891-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, dispone que una de las categorías de los reconocimientos que confiere el Ministerio de Cultura es la Medalla de Honor de la Cultura, reconocimiento que se otorga a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, a organizaciones tradicionales o colectividades que a través de una trayectoria sobresaliente hayan aportado significativamente al fortalecimiento de la identidad nacional; hayan trascendido fronteras o que su trayectoria sea reconocida por sus pares, por instituciones, por su comunidad y por la crítica especializada, nacional e internacional;
Que, la Dirección de Artes propone la distinción de Medalla de Honor de la Cultura a la señora MARÍA ANGÉLICA AYLLÓN URBINA, conocida artísticamente como EVA AYLLÓN;
Que, con el Informe Nº 000785-2026-DGIA-VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes desarrolla el sustento para otorgar el reconocimiento solicitado;
Que, a través del Informe Nº 000891-2026-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la distinción se sustenta en la trayectoria de la persona que se propone, a partir de la evaluación y análisis que han realizado los órganos competentes respecto de los importantes aportes a la cultura, por lo que considera jurídicamente viable la emisión del acto que la materialice;
Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue la distinción de Medalla de Honor de la Cultura, a la señora MARÍA ANGÉLICA AYLLÓN URBINA, conocida artísticamente como EVA AYLLÓN; en tal sentido, el informe citado constituye parte integrante de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Medalla de Honor de la Cultura a la señora MARÍA ANGÉLICA AYLLÓN URBINA, conocida artísticamente como EVA AYLLÓN, en reconocimiento a su excepcional trayectoria artística y a su trascendental aporte a la cultura peruana; por su decisiva contribución a la preservación, promoción, difusión y transmisión del patrimonio musical afroperuano y criollo; por fortalecer la identidad cultural de nuestro país; y por constituirse, a lo largo de más de cinco décadas de destacada carrera, en una de las más grandes exponentes de la música peruana e inspiración para generaciones de artistas y ciudadanos.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) en este último caso, con el Informe Nº 000785-2026-DGIA-VMPCIC/MC que se cita en la parte considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FATIMA SORAYA ALTABAS KAJATT
Ministra de Cultura
2536247-1