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Fecha de publicación: 18/07/2026
Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por D.S. N° 011-2011-PCM, y su Exposición de Motivos

Designan Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos

Resolución Viceministerial

Nº 135-2026-MINEDU

Lima, 16 de julio de 2026

VISTO, el Expediente Nº DICOPRO2026-INT-0662458; el Oficio Nº 01997-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00420-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; y, el Informe Nº 01094-2026-MINEDU/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 32224, se crea la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, con personería jurídica de derecho público interno, con sede principal en el distrito de San Marcos de la provincia de Huari del departamento de Ancash, con autonomía académica y administrativa, según lo establecido en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la cual constituye pliego presupuestal;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, de acuerdo con los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia, respectivamente;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), tiene la función de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación; asimismo, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene la función de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modificatorias (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, quienes desempeñan sus funciones a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, el literal a) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señala que, el Presidente de la Comisión Organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizada su designación, bajo responsabilidad;

Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 023-2025-MINEDU, se constituye la primera Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos y se designa al señor YURI GAGARIN GONZALES RENTERIA, como Presidente; al señor JAVIER GONZALO LOPEZ Y MORALES, como Vicepresidente Académico; y, al señor JOHNNY WALTER CARBAJAL JIMENEZ, como Vicepresidente de Investigación;

Que, con la Carta de fecha 02 de julio de 2026, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos presenta su renuncia irrevocable al cargo, sustentándola en motivos de carácter institucional y administrativos derivados del vínculo laboral y académico con su universidad de origen; asimismo, solicita la exoneración del plazo de ley correspondiente; siendo dicha exoneración rechazada por el Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica a través del Oficio Nº 00096-2026-MINEDU/VMGP;

Que, mediante el Oficio Nº 01997-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, la DIGESU remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00420-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual la DICOPRO, sustenta y propone la emisión de la Resolución Viceministerial que disponga: i) Aceptar la renuncia presentada por el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos; y, ii) Designar al señor JORGE LAZARO FRANCO MEDINA, en el cargo de Presidente de la mencionada Comisión Organizadora;

Que, a través del Informe Nº 01094-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de visto, conforme a lo sustentado por la DICOPRO de la DIGESU, opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Viceministerial y sugiere proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 32224, Ley que crea la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución” y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor YURI GAGARIN GONZALES RENTERIA, al cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, agradeciéndole por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar al señor JORGE LAZARO FRANCO MEDINA, en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión, previsto en el literal a) del numeral 6.1.9 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modificatorias.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Gerber Sergio Pérez Postigo

Viceministro de Gestión Pedagógica

2536226-1