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Fecha de publicación: 17/08/2026
Designan Secretario de la Secretaría de Comunicación Social de la PCM

Ratifican resolución que autoriza viaje de docentes de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo para participar en evento de capacitación en Japón

UNIVERSIDAD NACIONAL

SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO

Resolución de Consejo

Universitario - Rector

Nº 472-2026-UNASAM

Huaraz, 9 de julio de 2026

Visto, el Oficio Nº 151-2026-UNASAM-FC/D, de fecha 17 de junio de 2026, del decano de la Facultad de Ciencias de la UNASAM; sobre ratificación de la Resolución de Consejo de Facultad Nº 178-2026-UNASAM-FC, de fecha 10 de junio de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, de conformidad a lo establecido en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Capítulo I de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, “La universidad es la comunidad de profesores alumnos y graduados”; asimismo, es una institución de derecho público interno, se rige por su Estatuto y normas internas, dentro del marco de la Constitución Política del Perú y de las Leyes;

Que, considerando el artículo 79º de la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, concordante con el artículo 196º del Estatuto de la UNASAM, sobre el personal docente, señala que: “Los docentes universitarios tienen como funciones la investigación, el mejoramiento continuo y permanente de la enseñanza, la proyección social y la gestión universitaria, en los ámbitos que les corresponde.”;

Que, el artículo 222º del Estatuto de la UNASAM, sobre los derechos del docente, prescribe que: “Los docentes gozan de los siguientes derechos: (…) e) Participar en proyectos de investigación en el sistema de Instituciones Universitarias Públicas según sus competencias. (…)”;

Que, como antecedente se tiene la Resolución de Consejo Universitario – Rector Nº 974-2024-UNASAM, de fecha 30 de diciembre de 2024, que resuelve: ARTÍCULO 1º.– APROBAR los resultados del II Concurso de Proyectos de Investigación Básica y Aplicada 2024 – II Convocatoria, donde resultaron como ganadores 16 proyectos de investigación, de las diferentes facultades de la UNASAM; la cual cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, por el monto total de S/. 3,481,685.50 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 50/100 SOLES); con la fuente de financiamiento: Recursos Determinados, Canon, Sobre Canon y Regalías, Rubro 18; conforme se detalla en el cuadro adjunto del Oficio Nº 1271-2024-UNASAM/VRINV, de fecha 19 de diciembre de 2024; y que como anexo forma parte de la citada Resolución. Encontrándose entre ellos el proyecto de investigación denominado: “PRÓTESIS PARA PERSONAS QUE PERDIERON UNA EXTREMIDAD SUPERIOR”, cuyo investigador principal es el Dr. Dante Elmer Sánchez Rodríguez;

Que, en ese sentido, mediante solicitud de fecha 28 de mayo de 2026, el investigador Dr. Dante Elmer Sánchez Rodríguez requirió autorización de viaje para su persona y los coinvestigadores del proyecto de investigación aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario–Rector Nº 974-2024-UNASAM, de fecha 30 de diciembre de 2024, titulado “PRÓTESIS PARA PERSONAS QUE PERDIERON UNA EXTREMIDAD SUPERIOR”; señalando que, en el marco de su ejecución, se ha previsto una capacitación especializada en diseño y modelado de prótesis en una universidad extranjera vinculada al desarrollo de este tipo de equipamiento. En ese contexto, se identificó a la Universidad Prefectural de Akita (APU), ubicada en Yurihonjō, Akita, Japón, institución con la cual la UNASAM mantiene un convenio interinstitucional, habiendo la referida universidad aceptado la capacitación de los integrantes del proyecto del 31 de agosto al 6 de setiembre de 2026, conforme a la invitación y cronograma adjuntos. En consecuencia, a fin de viabilizar el cumplimiento íntegro de dicha capacitación, resulta necesario autorizar el viaje desde el 27 de agosto hasta el 10 de setiembre de 2026, periodo que comprende el traslado, la permanencia y el retorno desde y hacia Akita, Japón;

Que, al respecto mediante Resolución de Consejo de Facultad Nº 178-2026-UNASAM-FC, de fecha 10 de junio de 2026, se resuelve:

1. AUTORIZAR, el viaje académico de investigación a Japón, con destino a Akita Prefectural University —Universidad Prefectural de Akita—, solicitado mediante Solicitud S/N de fecha 28 de mayo de 2026 por el Dr. Dante Elmer Sánchez Rodríguez, docente de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo - UNASAM, en el marco del proyecto de investigación denominado: “PRÓTESIS PARA PERSONAS QUE PERDIERON UNA EXTREMIDAD SUPERIOR”.

2. AUTORIZAR, la participación de los siguientes docentes investigadores de la Facultad de Ciencias de la UNASAM en el viaje académico de investigación señalado en el artículo precedente:

Responsable: Dr. Dante Elmer Sánchez Rodríguez

Co-responsables: Mag. Julio Eduardo Cabrera Salvatierra Dr. Esteban Julio Medina Rafaile Mag. Marco Antonio Jamanca Ramirez

3. PRECISAR, que la autorización comprende el periodo del 27 de agosto al 10 de setiembre de 2026, incluyendo los días necesarios para traslado nacional e internacional, instalación, coordinaciones académicas, ejecución de actividades oficiales, retorno y regularización administrativa correspondiente, sin perjuicio de que el programa académico central en Akita Prefectural University se desarrolle conforme al cronograma previsto por la institución anfitriona.

(…)

Que, en virtud a lo establecido en el artículo 140º del Estatuto de la UNASAM, que prescribe como una de las atribuciones del decano: “140.m Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, y las normas aprobadas por las autoridades y los órganos de gobierno.”, y “140.o Otras que sean de su competencia de conformidad a las normas internas.”; el decano de la Facultad de Ciencias de la UNASAM, con Oficio Nº 151-2026-UNASAM-FC/D, de fecha 17 de junio de 2026, remitió al rector de la UNASAM la Resolución de Consejo de Facultad Nº 178-2026-UNASAM-FC, de fecha 10 de junio de 2026, para su ratificación por el Honorable Consejo Universitario;

Que, de acuerdo a los considerandos expuestos y en virtud al artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 11º del Estatuto de la UNASAM, que prescribe: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativas aplicables. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo, 8.5 Económico, (…)”; así como, de acuerdo al artículo 115º literal 115.p, establece que una de las atribuciones del Consejo Universitario, es: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio de los miembros de la comunidad universitaria: docentes, no docentes y estudiantes; y, recibir los informes correspondientes.”; en sesión ordinaria del Honorable Consejo Universitario de fecha 09 de julio de 2026, debatido el caso, se acordó por unanimidad: Ratificar la Resolución de Resolución de Consejo de Facultad Nº 178-2026-UNASAM-FC, de fecha 10 de junio de 2026;

De conformidad a lo prescrito en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 115º del Estatuto de la UNASAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- RATIFICAR, la Resolución de Consejo de Facultad Nº 178-2026-UNASAM-FC, de fecha 10 de junio de 2026; en consecuencia: AUTORIZAR el viaje al extranjero al docente Dr. Dante Elmer Sánchez Rodríguez, adscrito al Departamento Académico de Estadística e Informática de la Facultad de Ciencias de la UNASAM (en calidad de responsable del proyecto de investigación); y a los docentes Mag. Julio Eduardo Cabrera Salvatierra; Dr. Esteban Julio Medina Rafaile; y Mag. Marco Antonio Jamanca Ramirez (en calidad de coinvestigadores), del 27 de agosto al 10 de setiembre de 2026 (incluyendo los días necesarios para traslado nacional e internacional, instalación, coordinaciones académicas, ejecución de actividades oficiales, retorno y regularización administrativa correspondiente, sin perjuicio de que el programa académico central en Akita Prefectural University se desarrolle conforme al cronograma previsto por la institución anfitriona.), para participar en una capacitación en diseño y en el modelo de la prótesis, en el marco del proyecto de investigación denominado: “PRÓTESIS PARA PERSONAS QUE PERDIERON UNA EXTREMIDAD SUPERIOR” en la Universidad Prefectural de Akita (APU), ubicada en Akita, en la ciudad de Yurihonjo, Japón, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.

Artículo 2º.- PRECISAR, que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización de viaje (pasajes aéreos internacionales, viáticos y seguros, según corresponda) serán cubiertos en su totalidad con cargo al presupuesto asignado al referido proyecto de investigación, bajo la fuente de financiamiento de Recursos Determinados (Canon, Sobrecanon y Regalías), Rubro 18, de conformidad con lo aprobado mediante la Resolución de Consejo Universitario – Rector Nº 974-2024-UNASAM.

Artículo 3º.- DISPONER que los docentes Dr. Dante Elmer Sánchez Rodríguez; Mag. Julio Eduardo Cabrera Salvatierra; Dr. Esteban Julio Medina Rafaile; y Mag. Marco Antonio Jamanca Ramirez, presenten ante el Vicerrectorado de Investigación, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de la culminación del viaje, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas bajo responsabilidad.

Artículo 4º.- DISPONER al órgano competente la Publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano .

Artículo 5º.- DISPONER que los órganos competentes de la UNASAM den cumplimiento a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

HERACLIO FERNANDO CASTILLO PICÓN

Rector

YOSSELYN ANGÉLICA FLORES MONTALVO

Secretaria General

2535953-1