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Fecha de publicación: 20/07/2026
Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

Designan servidores en cargos de confianza del IGP

resolución de

jefatura institucional

N° 119-IGP/2026

Lima, 10 de julio del 2026

VISTOS:

El Memorando N° 0040-2026-IGP/GG, el Informe Técnico N° 0023-2026-IGP/GG-OA-UFRH, el Informe Técnico N° 0024-2026-IGP/GG-OA-UFRH, el Proveído N° 01387-2026-IGP/GG y el Proveído N° 01416-2026-IGP/GG; y

CONSIDERANDO:

4

Que, con fecha 03 de mayo de 2023 se aprobó la Ley N° 31733, Ley del Instituto Geofísico del Perú - IGP, cuyo objeto es la de fortalecer el Instituto Geofísico del Perú (IGP), a fin de consolidar la investigación científica en los diversos campos de la Geofísica, la prestación de servicios de información que se brinda para la gestión del riesgo de desastres y regular su intervención en las Ciencias de la Tierra, en las Ciencias de la Atmósfera e Hidrósfera, en las Ciencias del Geoespacio, para reducir el impacto destructor de los peligros naturales y antrópicos, y aprovechar las oportunidades y potencialidades que brinda la Geofísica en el desarrollo socioeconómico y ambiental del país;

Que, la Ley N° 31733, Ley del Instituto Geofísico del Perú, dispone que el IGP es un organismo público ejecutor e instituto público de investigación (IPI) y forma parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), con personería jurídica de derecho público, con autonomía funcional, técnica, administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones, se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente y tiene competencia para producir ciencia y tecnología;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2025- MINAM, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geofísico del Perú - IGP;

Que, el 16 de febrero de 2022, entró en vigencia la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; dentro de cuyo ámbito de aplicación se encuentran las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil;

Que, con fecha 19 de mayo de 2022, entró en vigencia el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, cuyo objeto fue establecer disposiciones para la adecuada aplicación de la ley, y dicta otras disposiciones. En ese contexto, en el Artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419 se establece el Procedimiento de Vinculación con la entidad, el funcionarios/a y el/los directivos/as públicos de libre designación y remoción que se encuentren bajo el alcance de la Ley N° 31419 y su reglamento;

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31227, Ley que regula la Declaración Jurada de Intereses en el ámbito de la función pública, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 082-2023-PCM, y las normas complementarias emitidas por la Contraloría General de la República, los servidores designados en encargatura se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada de Intereses en las modalidades de inicio, actualización y cese, dentro de los plazos, forma y condiciones que la normativa vigente establece, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal en caso de incumplimiento u omisión;

Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil -SERVIR- adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros y ente rector que define, implementa y supervisa las políticas de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del reglamento el Decreto Legislativo N° 1057, las entidades públicas comprendidas en la citada norma pueden contratar personal bajo el régimen CAS para que ejerzan funciones que son propias de un funcionario o directivo de la institución, siempre que su designación en el cargo se haya efectuado por libre decisión del titular de la entidad. Asimismo, precisa que dicha contratación se encuentra excluida de la realización del concurso público, solo en los casos del personal de libre designación y remoción;

Que, las entidades comprendidas en el Decreto Legislativo N° 1057 pueden contratar directamente personal bajo el régimen CAS para que ejerzan funciones que son propias de su función o directivo de la entidad siempre que su designación en el cargo se haya efectuado por libre decisión del titular de la entidad. Asimismo, el personal es contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad;

Que, el literal h) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geofísico del Perú, establece que, el jefe institucional de la entidad tiene entre sus funciones, designar, remover y aceptar la renuncia del director científico, del gerente general, de los directivos superiores y de aquellos que ejerzan cargos de confianza;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° D00201-2026-MINAM, de fecha 26 de junio del 2026, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) del Instituto Geofísico del Perú;

Que, mediante el Memorando N° 0040-2026-IGP/GG y los proveídos N° 01387-2026-IGP/GG, y N° 01416-2026-IGP/GG, el Gerente General por encargo del Jefe Institucional del Instituto Geofísico del Perú - IGP señaló que, con la finalidad de continuar con la implementación de la estructura organizacional de la entidad, se debe designar a servidores en diversos cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), para dicho fin, requirió que la Unidad Funcional de Recursos Humanos evalúe a los candidatos propuestos, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada cargo en el Manual de Perfiles de Puestos del Instituto Geofísico del Perú, aprobado mediante Resolución de Gerencia N° 004-IGP-2026 y en caso las propuestas cumplan con el perfil requerido sean designados con efectividad al 01 de julio de 2026. Para tal efecto, remitió la relación de candidatos propuestos para su evaluación, conforme al siguiente detalle:

CAP P

Cargo

Órgano/Unidad Orgánica

Servidor propuesto

075

Director de Instrumentación Geofísica y Desarrollo Tecnológico

Dirección de Instrumentación Geofísica y Desarrollo Tecnológico

David Sigfredo Portugal Patiño

109

Director de Ciencias de la Tierra Sólida

Dirección en Ciencias de la Tierra Sólida

Juan Carlos Gómez Avalos

262

Director de Gestión de la Investigación y Conocimiento Científico, Desarrollo Tecnológico e Innovación

Dirección de Gestión de la Investigación y Conocimiento Científico, Desarrollo Tecnológico e Innovación

Edmundo Oswaldo Norabuena Ortiz

220

Director de Ciencias del Geoespacio

Dirección en Ciencias del Geoespacio

Danny Eddy Scipión Castillo

110

Investigador Científico Principal

Dirección en Ciencias de la Tierra Sólida

René Estevan Arredondo

Que, a la fecha los cargos de confianza descritos en el párrafo precedente se encuentran vacantes;

Que, mediante el Informe Técnico N° 0023-2026-IGP/GG-OA-UFRH y el Informe Técnico N° 0024-2026-IGP/GG-OA-UFRH, la Unidad Funcional de Recursos Humanos, informó sobre la evaluación de cumplimiento de requisitos para la designación de directivos y cargos de confianza previstos en el CAP Provisional del IGP, mediante el cual concluye que los candidatos evaluados cumplen con los requisitos mínimos exigidos para los cargos propuestos y no registran impedimentos para el acceso o ejercicio de la función pública. En consecuencia, resulta técnicamente viable efectuar las designaciones y encargaturas propuestas, en el marco de la normativa vigente y de los instrumentos de gestión institucional aprobados;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Unidad Funcional de Recursos Humanos; y

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31733, Ley del Instituto Geofísico del Perú, el Decreto Supremo N° 005-2025-MINAM que aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geofísico del Perú - IGP, el Reglamento de la Ley N° 31419 que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso de ejercicio de la función pública de funcionario y directivos, la Ley N° 31227, Ley que regula la Declaración Jurada de Intereses en el ámbito de la función pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 082-2023-PCM y el Decreto Supremo N˚ 075-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar, con eficacia anticipada desde el 01 de julio de 2026, los siguientes cargos de confianza:

CAP P

Cargo

Órgano/Unidad Orgánica

Servidor

075

Director de Instrumentación Geofísica y Desarrollo Tecnológico

Dirección de Instrumentación Geofísica y Desarrollo Tecnológico

David Sigfredo Portugal Patiño

109

Director de Ciencias de la Tierra Sólida

Dirección en Ciencias de la Tierra Sólida

Juan Carlos Gómez Avalos

262

Director de Gestión de la Investigación y Conocimiento Científico, Desarrollo Tecnológico e Innovación

Dirección de Gestión de la Investigación y Conocimiento Científico, Desarrollo Tecnológico e Innovación

Edmundo Oswaldo Norabuena Ortiz

220

Director de Ciencias del Geoespacio

Dirección en Ciencias del Geoespacio

Danny Eddy Scipión Castillo

110

Investigador Científico Principal

Dirección en Ciencias de la Tierra Sólida

René Estevan Arredondo

Artículo 2.- Disponer que los servidores listados en el artículo 1 de la presente resolución presenten la Declaración Jurada de Intereses, conforme a la Ley N° 31227, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 082-2023-PCM y normas complementarias de la Contraloría, dentro de los plazos y condiciones previstos, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal en caso de incumplimiento.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Administración, a través de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, realicen la contratación bajo el régimen regulado por el Decreto Legislativo N˚ 1057 de los servidores designados en la presente Resolución de Jefatura Institucional.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución de Jefatura Institucional a los involucrados.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Jefatura Institucional en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital del Instituto Geofísico del Perú (www.igp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

HERNANDO TAVERA HUARACHE

Jefe Institucional

2535909-1