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Fecha de publicación: 17/07/2026
Autorizan viaje de Ministro de Transportes y Comunicaciones a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

Autorizan viaje de representantes del MINCETUR para participar en evento a realizarse en Japón

Resolución Ministerial

N° 224-2026-MINCETUR

Lima, 16 de julio de 2026

VISTOS, el Informe N° 0012-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI/DAOA-CHL de la Dirección de Asia, Oceanía y África; el Memorándum N° 0205-2026-MINCETUR/ VMCE/DGNCI de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; el Memorándum N° 629-2026-MINCETUR/VMCE del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior; el Informe N° 0153-2026-MINCETUR/SG/OGA/OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo; el Memorándum N° 776-2026-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 0455-2026-MINCETUR/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad de negociar, suscribir y poner en ejecución los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integración y otros en el ámbito de su competencia;

Que, la República del Perú es parte del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP, por sus siglas en inglés), junto a Australia, Brunéi Darussalam, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Reino Unido, Singapur y Vietnam;

Que, durante el año 2026, la administración del CPTPP está a cargo de la República Socialista de Vietnam, economía que ha definido prioridades para el Acuerdo en el presente año, tales como, la modernización del CPTPP; continuar con la organización de los diálogos de comercio e inversión con la Unión Europea (UE) y los países de la Asociación de Países del Sudeste Asiático (ASEAN); impulsar la discusión sobre la evaluación de las economías que han solicitado su adhesión al CPTPP, entre otros;

Que, en el marco de los diálogos de comercio e inversión con la UE y ASEAN, el Ministerio de Economía, Comercio e Industria y el Comité de Cooperación Económica e Industrial de Japón han invitado a tres funcionarios gubernamentales de las Partes latinoamericanas del CPTPP (México, Perú y Chile) a participar en el “Taller CPTPP-ASEAN/UE: Resiliencia de las Cadenas de Suministro, Diversificación y Facilitación del Comercio”, que se llevará a cabo los días 27 y 28 de julio de 2026, en la ciudad de Tokio, Japón;

Que, el citado evento reunirá a académicos, representantes del sector privado y funcionarios gubernamentales, y tiene por objetivo abordar los siguientes temas: a) intercambiar perspectivas sobre los principales desafíos y obstáculos que enfrentan las cadenas de suministro entre las Partes del CPTPP, la ASEAN y la UE; b) identificar las preocupaciones relacionadas con prácticas como el transbordo ilegal y la elusión de normas; y c) explorar esfuerzos concretos y tangibles para lograr la resiliencia de las cadenas de suministro, la diversificación comercial y la facilitación del comercio;

Que, resulta importante la participación del Perú en el referido evento dado que constituye una oportunidad para intercambiar experiencias con las Partes del CPTPP, los países de la ASEAN y de la UE, así como presentar la posición peruana respecto de los temas estratégicos vinculados con la resiliencia de las cadenas de suministro, la facilitación del comercio, las reglas de origen, la prevención de prácticas de transbordo ilegal y la diversificación de mercados; asimismo, permitirá identificar buenas prácticas y explorar posibles acciones de cooperación que contribuyan a fortalecer la inserción del Perú en la región Asia-Pacífico;

Que, por lo tanto, se considera de interés institucional autorizar el viaje de la señora Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Directora de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; del señor Frank Tatsuji Palomino Mamio, profesional de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; y de la señora Ingrid Haydee Huapaya Puicón, profesional de la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior para que, en representación del MINCETUR, garanticen la plena participación del Perú en dicho evento;

Que, el Ministerio de Economía, Comercio e Industria y el Comité de Cooperación Económica e Industrial de Japón asumirán los costos correspondientes a los pasajes aéreos, alojamiento y alimentación del presente viaje, y en tal sentido, el MINCETUR asumirá solo los gastos por concepto de movilidad interna;

Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, de la Secretaría General, de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Directora de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; del señor Frank Tatsuji Palomino Mamio, profesional de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; y, de la señora Ingrid Haydee Huapaya Puicón, profesional de la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a la ciudad de Tokio, Japón, del 24 al 30 de julio de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Zona

Geográfica

Viáticos parciales

por día US$

Total Viáticos US$

Daisy Jennifer Olórtegui Marky

Asia

100,00 x 3

300,00

Frank Tatsuji Palomino Mamio

100,00 x 3

300,00

Ingrid Haydee Huapaya Puicón

100,00 x 3

300,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BERTHIN ENRIQUE GOMEZ VELA

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

2535852-1