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Fecha de publicación: 17/07/2026
Autorizan viaje de Ministro de Transportes y Comunicaciones a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

Autorizan viaje de personal policial al Reino de España, en misión de estudios

Resolución Ministerial

Nº 0992-2026-IN

Lima, 15 de julio de 2026

VISTOS, los Oficios Nº 749-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI y Nº 777-2026-COMOPPOL/DIRASINT PNP-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 001500-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante comunicación electrónica de fecha 17 de marzo de 2026, la Jefatura de Cooperación Internacional de la Dirección Adjunta Operativa de la Dirección General de la Guardia Civil del Ministerio del Interior del Gobierno de España informa que se ha reservado una (1) plaza becada para el personal policial en el “5º Curso de Acceso a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil”, a realizarse del 1 de setiembre de 2026 al 12 de julio de 2027, en el municipio de Aranjuez de la ciudad de Madrid del Reino de España;

Que, con Informe Nº 045-2026-REGION POLICIAL L/DIVEME/DEPEME CENTRO., la División de Emergencia de la Región Policial Lima Centro de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Alférez de la Policía Nacional del Perú ABNER AUGUSTO BENAVIDES CABRERA, en la referida misión de estudios;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 251-2026-
COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú ABNER AUGUSTO BENAVIDES CABRERA, del 30 de agosto de 2026 al 14 de julio de 2027, al municipio de Aranjuez de la ciudad de Madrid del Reino de España, para que participe en el curso antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú toda vez que, permitirá fortalecer competencias en gestión policial, liderazgo estratégico y conducción operativa, alineándose directamente con los objetivos de modernización y profesionalización de la institución policial;

Que, con Oficio Nº 777-2026-COMOPPOL/DIRASINT PNP-DIVABI de fecha 10 de julio de 2026, la Dirección de Asuntos Internacionales del Comando de Operaciones Policiales, precisa que el arribo del personal policial al Perú será el 15 de julio de 2027;

Que, la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), alojamiento, manutención y seguro médico serán asumidos por la Dirección General de la Guardia Civil del Ministerio del Interior del Gobierno de España, de acuerdo con lo señalado en la comunicación electrónica de fecha 17 de marzo de 2026; y la Hoja de Estudio y Opinión Nº 251-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI; asimismo, el monto de la compensación extraordinaria parcial (20%) que le corresponde al Oficial Subalterno que participará en la referida misión de estudios, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, es asumido por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior;

Que, de acuerdo al Informe Nº 217-2026-DIRADM-PNP/DIVECO-DEPRESVI-SECPAVIA., del Departamento de Resoluciones y Viáticos de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, al Alférez de la Policía Nacional del Perú ABNER AUGUSTO BENAVIDES CABRERA, se le aplica la compensación extraordinaria en misión de estudios, calculando la misma por un período de 122 días correspondiente al Año Fiscal 2026, que ascienden a € 3 124,421 , y por un periodo de 193 días correspondiente al Año Fiscal 2027, que asciende a € 4 942,73, ambos conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF;

Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo del año 2027, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2027 de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú ABNER AUGUSTO BENAVIDES CABRERA, del 30 de agosto de 2026 al 15 de julio de 2027, al municipio de Aranjuez de la ciudad de Madrid del Reino de España;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0702-2026-IN; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú ABNER AUGUSTO BENAVIDES CABRERA, del 30 de agosto de 2026 al 15 de julio de 2027, al municipio de Aranjuez de la ciudad de Madrid del Reino de España, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria parcial que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior.

Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por misión de estudios, se hará por los días reales y efectivos en el exterior, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

José Mercedes Zapata Morante

Ministro del Interior

1 Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002435.

2535571-1