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Fecha de publicación: 17/07/2026
Autorizan viaje de Ministro de Transportes y Comunicaciones a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, provincia constitucional del Callao

RESOLUCIóN N° 1410-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026182058

MI PERÚ - CALLAO

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, 19 de junio de 2026

VISTO: el Oficio N° 019-2026-MDMP/OGAJ, presentado el 5 de junio de 2026 por doña Yobana Tirado Guevara, encargada de la Oficina General de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (en adelante, señora solicitante), provincia constitucional del Callao, por medio del cual comunica la licencia sin goce de haber de don Irvin Teodorico Chávez León, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTE

1.1. Con el oficio mencionado en el visto, la señora solicitante informó que, a través del Acuerdo de Concejo N° 040-2026-MDMP, del 1 de junio de 2026 el Concejo Distrital de Mi Perú aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde debido a su participación como candidato en las ERM 2026.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, el numeral 2 del citado artículo establece que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales

1.3. El literal b del numeral 4 del artículo 14 señala que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte días (120 días) antes de la fecha de las elecciones, los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional.

En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1

1.4. Mediante el mencionado decreto, se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los consejos regionales de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República.

En la Resolución N° 00746-2025-JNE2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026

1.5. El numeral 4 de la parte resolutiva señala:

4. DISPONER que los funcionarios señalados en los literales d) y e) del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2026, procedan de la siguiente manera:

4.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 8 de junio de 2026 (120 días calendario antes de las elecciones), y surten efecto desde su presentación.

[…]

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones3 (en adelante, Reglamento)

1.6. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, contempla lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica.

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo N° 040-2026-MDMP, el Concejo Distrital de Mi Perú aprobó la licencia del señor alcalde por el periodo comprendido del 5 de junio al 4 de octubre del 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.5.).

2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Mi Perú y estando a lo establecido en la LOM y la Resolución N° 00746-2025-JNE, con la finalidad de mantener la representación de la municipalidad distrital en mención, corresponde convocar a don Ángel Rolando Merino Miranda, identificado con DNI N° 20025298, primer regidor del mencionado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la referida municipalidad por el periodo comprendido del 5 de junio al 4 de octubre del 2026.

2.3. Además, con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don Víctor Mijail Iglesias Aucapiña, identificado con DNI N° 77092826, para que asuma temporalmente el cargo del regidor de la referida municipalidad por el periodo comprendido del 5 de junio al 4 de octubre del 2026.

2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Mi Perú, provincia constitucional del Callao, del 26 de octubre del 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1.- DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Irvin Teodorico Chávez León como alcalde de la Municipalidad distrital de Mi Perú, provincia constitucional del Callao, por el periodo comprendido del 5 de junio al 4 de octubre del 2026, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

2.- CONVOCAR a don Ángel Rolando Merino Miranda, identificado con DNI N° 20025298, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, provincia constitucional del Callao, por el periodo comprendido del 5 de junio al 4 de octubre del 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3.- CONVOCAR a don Víctor Mijail Iglesias Aucapiña, identificado con DNI N° 77092826, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Mi Perú, provincia constitucional del Callao, por el periodo comprendido del 5 de junio al 4 de octubre del 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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