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Fecha de publicación: 16/07/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco, San Andrés, Paracas, San Clemente y Túpac Amaru Inca de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Disponen publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del Reglamento Nacional de Edificaciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 264-2026-VIVIENDA

Lima, 15 de julio de 2026

VISTOS:

La Nota N° 173-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU); el Informe Técnico Legal N° 024-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-AMQP de la Dirección de Vivienda; el Informe N° 595-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establecen que este Ministerio tiene competencia, entre otras, en la materia de construcción; y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el numeral 2 del artículo 10 de la citada Ley, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en el marco de sus competencias, desarrolla la función compartida de normar, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico, habilitación urbana y edificaciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con las leyes orgánicas de gobiernos regionales y de municipalidades;

Que, el literal o) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que la DGPRVU tiene entre sus funciones, proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA se aprueba el Índice y la Estructura del RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edificaciones que se ejecuten en el territorio nacional, estableciendo en sus artículos 1 y 3 que corresponde al MVCS aprobar, mediante Resolución Ministerial, las normas técnicas de acuerdo al mencionado Índice y sus variaciones según los avances tecnológicos;

Que, por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA se aprueban sesenta y seis (66) Normas Técnicas del RNE comprendidas en el Índice citado en el considerando precedente, entre ellas, la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” contenida en el Título III Arquitectura del RNE; la misma que ha sido modificada por el Decreto Supremo N° 017-2012-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 061-2021-VIVIENDA;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 271-2024-VIVIENDA, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del Reglamento Nacional de Edificaciones”, el mismo que tiene entre sus funciones: a) Analizar la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del RNE; b) Aportar casuística sobre los alcances y aplicación de la referida Norma Técnica; y c) Elaborar la propuesta de actualización de la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del RNE;

Que, mediante la Nota N° 173-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, la DGPRVU en base al Informe Técnico Legal N° 024-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-AMQP de su Dirección de Vivienda, sustenta y presenta el proyecto de Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del RNE, con la finalidad de revisar y modificar la referida Norma Técnica tomando en consideración los nuevos paradigmas urbanísticos y edificatorios, de acuerdo a lo establecido en los considerandos de la Resolución Ministerial N° 271-2024-VIVIENDA; asimismo, la propuesta de actualización de la Norma Técnica A.130 del RNE, establece los requerimientos mínimos para el diseño y operación de edificaciones para la seguridad de la vida de los ocupantes contra las consecuencias de un incendio o condiciones similares de emergencia, de acuerdo a su uso, riesgo, tipo de construcción, materiales de construcción, carga combustible y número de ocupantes;

Que, adicionalmente, la DGPRVU señala que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, existe la necesidad de efectuar la publicación en el diario oficial El Peruano de la presente propuesta normativa por un plazo de treinta días hábiles, antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, a fin de permitir que las personas interesadas formulen comentarios, aportes u opiniones, sobre las medidas propuestas;

Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario, conforme a lo señalado en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento;

Que, a través del Informe N° 595-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la presente Resolución Ministerial;

Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del RNE, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edificaciones; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones, y modificatorias; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto de Resolución Ministerial

Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, modificada por el Decreto Supremo N° 017-2012-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 061-2021-VIVIENDA; y, del texto de la propuesta de modificación de la citada norma técnica, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de treinta días hábiles contados desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Consolidación de Información

Encargar a la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica A.130, Requisitos de Seguridad del Reglamento Nacional de Edificaciones”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2535457-1