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Fecha de publicación: 17/07/2026
Autorizan viaje de Ministro de Transportes y Comunicaciones a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

Autorizan viaje de personal militar del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00841-2026-DE

Lima, 14 de julio del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 3620 CCFFAA/OGA/OAI/URC de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Oficio N° 01658-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01325-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta N° 2230 del 30 de marzo de 2026, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile hace extensiva la invitación al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú para que, junto a una delegación, pueda participar en la “XXXIV Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile y las Fuerzas Armadas del Perú”, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, entre los días 20 al 23 de julio de 2026;

Que, mediante carta s/n del 25 de mayo de 2026, remitida al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile, se confirma la participación del Jefe del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas del Perú (CCFFAA) y de la delegación del CCFFAA;

Que, con Oficio N° 3620 CCFFAA/OGA/OAI/URC la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, complementado con correo electrónico institucional del 6 de julio de 2026, solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar detallado en el Anexo 1 de la presente resolución, para participar en la “XXXIV Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile y las Fuerzas Armadas del Perú”, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, entre los días 20 al 23 de julio de 2026;

Que, a través del citado documento, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite el Informe Técnico N° 001/CCFFAA/OGA/OAI/URC, Dictamen N° 266-2026/DDFFAA/OAJ; la Hoja de Declaración de Gastos del 16 de junio de 2026; la Hoja de Disponibilidad Presupuestal suscrita por el Jefe de la Oficina de Planes, Presupuesto y Racionalización del CCFFAA, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000335 y N° 0000000343, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, en la Exposición de Motivos, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar respectivo por cuanto permitirá renovar y fortalecer las relaciones bilaterales y colaboración recíproca entre las Fuerzas Armadas de Chile y del Perú.

Que, a través del Dictamen N° 266-2026/CCFFAA/OGAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica del CCFFAA, opinó que resulta legalmente viable tramitar la autorización para el viaje al exterior en comisión de servicios del personal militar designado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para que participe en la “XXXIV Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile y las Fuerzas Armadas del Perú”, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, del 20 al 23 de julio de 2026, autorizando su salida del país el día 19 de julio y su retorno el 24 de julio de 2026;

Que, a través del Oficio N° 01658-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 384-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01325-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que se detalla en la relación nominal del anexo que forma parte integrante de la presente resolución; para participar en la Reunión denominada “XXXIV Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile y las Fuerzas Armadas del Perú”, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, del 20 al 23 de julio de 2026, autorizando su salida del país el 19 de julio y su retorno el 24 de julio de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.

Artículo 3.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos de ida y vuelta: Lima – Santiago de Chile- Lima

Clase económica

US $ 1,100.00 x 5 personas = US $ 5,500.00

Viáticos:

US $ 370.00 x 4 días x 5 personas = US $ 7,400.00

Total a Pagar = US $ 12,900.00

Artículo 4.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2535404-1