Amplían periodo de vigencia de Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular la propuesta de la Política Nacional Multisectorial de Competencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 240-2026-PCM
Lima, 14 de julio de 2026
VISTO: El Oficio N° 0289-2026-PRE/INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 193-2024-PCM se formaliza el inicio del proceso de formulación de la Política Nacional Multisectorial de Competencia y se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular la propuesta de la Política Nacional Multisectorial de Competencia, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, asimismo el artículo 10 de la citada Resolución Ministerial, dispone que, el mencionado Grupo de Trabajo tiene un periodo de vigencia de dos (02) años, contado a partir del día siguiente de su instalación;
Que, la instalación del referido Grupo de Trabajo se realizó el 24 de julio de 2024; por lo que, se encuentra vigente hasta el 25 de julio de 2026;
Que, en dicho contexto, a través del Oficio N° 0289-2026-PRE/INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) remite el Informe Nº 000034-2026-DLC/INDECOPI de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia, el cual señala que, el Grupo de Trabajo ha culminado con la formulación del primer entregable con la conformidad del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); sin embargo, debido a las complejidades presentadas en el proceso de elaboración de la precitada Política, aún se encuentra pendiente la formulación y aprobación del segundo y tercer entregable, en el marco de lo establecido en la Guía de Políticas Nacionales aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 113-2024/CEPLAN/PCD;
Que, en ese sentido, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del INDECOPI, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 193-2024-PCM, a fin de ampliar el periodo de vigencia de dicho órgano colegiado hasta el 25 de julio de 2028, a efecto de dar cumplimiento a su objeto de creación, para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 193-2024-PCM
Modificar el artículo 10 de la Resolución Ministerial
N° 193-2024-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 25 de julio de 2028.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano..
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE ARROYO SANCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2535139-1