Logo El Peruano
Fecha de publicación: 17/07/2026
Autorizan viaje de Ministro de Transportes y Comunicaciones a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional del Altiplano para realizar pasantía docente en la República de Corea

Universidad Nacional del Altiplano - PUNO

RESOLUCIÓN RECTORAL

N° 0272-2023-R-UNA

Puno, 2 de febrero del 2023

VISTOS:

El MEMORANDUM N° 137-2023-SG-UNA-PUNO (1-02-2023) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 31 de enero del año en curso, referido a conceder licencia por Pasantía con goce de haber, para el viaje a la República de COREA, durante el periodo académico 2023-I, a partir del 02 de marzo del 2023 por el periodo de 04 meses, a favor de la M.Sc. YOUNG MI LEE, docente de la Escuela Profesional de Antropología - Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano Puno; para realizar una pasantía Docente en Seoul National University;

CONSIDERANDO:

Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1o de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria (énfasis nuestro);

Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2o, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4o sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente, su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe. “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.’’ (Énfasis nuestro);

Que, en ese contexto, según el numeral 89.16 artículo 89° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 020-2021-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de y Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes: así también recibir los informes correspondientes.”;

Que, consiguientemente, el Pleno del Honorable Consejo Universitario Extraordinario del 31 de enero del año en curso, según la transcripción contenida en el MEMORANDUM N° 137-2023-SG-UNA-PUNO, de Secretaría General de esta Universidad, aprobó autorizar el viaje a la República de COREA, concediéndose licencia por Pasantía con goce de haber, durante el periodo académico 2023-I, a partir del 02 de marzo del 2023 por el periodo de 04 meses, a favor de la M.Sc. YOUNG MI LEE, docente de la Escuela Profesional de Antropología - Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano Puno; para realizar una pasantía Docente en Seoul National University;

Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, signada con la OPINIÓN LEGAL N° 086-2023-OAJ-UNA-PUNO, la misma que, según refiere, se encuentra de acuerdo con los requerimientos establecidos en el reglamento de Pasantía Semestral Docente de la UNA Puno, aprobada mediante Resolución rectoral N° 2936-2022-R-UNA, corresponde emitir el respectivo acto administrativo;

En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009- 2021-AU-UNA;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- CONCEDER, la Licencia por Pasantía con Goce de Haber, a favor de la M.Sc. YOUNG MI LEE, docente de la Escuela Profesional de Antropología - Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano Puno; para el viaje a la República de COREA, durante el periodo Académico 2023-I, a partir del 02 de marzo del 2023 por el periodo de 04 meses, para realizar una pasantía Docente en Seoul National University, acorde con los fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER, que la docente cuyo viaje ha sido autorizado en el artículo primero, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, la respectiva Facultad y demás instancias correspondientes de la institución, para su cumplimiento.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PAULINO MACHACA ARI

Rector

LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA

Secretaria General

2535011-1