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Fecha de publicación: 15/07/2026
Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Noruega, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 00838-2026-DE

Lima, 14 de julio del 2026

VISTOS:

El Oficio Nº 3850/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio Nº 01106-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal Nº 00976-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales es una asociación internacional que agrupa a los programas antárticos nacionales de diversos países, con la finalidad de promover buenas prácticas en apoyo a la investigación científica en el continente antártico, fortalecer la cooperación internacional y fomentar actividades responsables con el medio ambiente. En el Perú, la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú cumple un rol fundamental en la conducción y coordinación de las expediciones científicas nacionales hacia la Antártica, liderando los aspectos logísticos, operativos y técnicos necesarios para el desarrollo de las campañas antárticas peruanas;

Que, con OF.RE (ANT) Nº 2-20-E/167, la Dirección de Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa la designación de representantes para participar en la Trigésima Octava Asamblea General del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales, a realizarse en la ciudad de Tromsø, Reino de Noruega, del 4 al 6 de agosto de 2026. Dicha solicitud fue remitida a las instituciones armadas mediante el Oficio Múltiple Nº 00231-2026-MINDEF/VPD, a fin de que procedan a designar al personal correspondiente;

Que, con Oficio Nº 3850/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Contralmirante Jorge Guillermo VIZCARRA FIGUEROA, identificado con DNI. 43344639, como titular, y del Capitán de Fragata Piero Antonio Vinicio CORREA LEYVA, identificado con DNI. 43316988, como suplente, para participar en la Trigésima Octava Asamblea General del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales, a realizarse en la ciudad de Tromsø, Reino de Noruega, del 4 al 6 de agosto de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 2 de agosto y su retorno el 8 de agosto de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal Nº 019 -2026-OAL/DHN, la Hoja de Gastos y Declaración Nº 087-2026, la Disponibilidad Presupuestaria Nº 101-2026, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000091 y Nº 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la Exposición de Motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la comisión de servicios, por cuanto permitirá la actualización de conocimientos técnicos, establecer alianzas estratégicas, contribuirá al diseño de políticas globales que favorezcan la conservación y el desarrollo sostenible del océano, el fortalecimiento de la seguridad marítima, el fomento de la cooperación internacional, así como el desarrollo sostenible en el continente antártico y el reforzamiento del posicionamiento estratégico del Perú en la Antártica;

Que, a través del Oficio Nº 01106-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 078-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal Nº 00976-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el citado viaje al exterior, en comisión de servicios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Contralmirante Jorge Guillermo VIZCARRA FIGUEROA, como titular, y del Capitán de Fragata Piero Antonio Vinicio CORREA LEYVA, como suplente, para participar en la Trigésima Octava Asamblea General del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales, a realizarse en la ciudad de Tromsø, Reino de Noruega, del 4 al 6 de agosto de 2026, así como autorizar su salida del país el 2 de agosto y su retorno el 8 de agosto de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Ciudad de Tromsø (Reino de Noruega) - Lima

clase económica - hasta por un monto de:

US$ 5,046.92 x 1 persona US$ 5,046.92

Viáticos:

US$ 540.00 x 1 persona x 3 días US$ 1,620.00

Total a pagar: US$ 6,666.92

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2534960-1