Disponen reubicación de la Unidad de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur sede CISAJ Villa el Salvador hacia la sede Trébol Azul
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000246-2026-CE-PJ
Lima, 13 de julio del 2026
VISTO:
El Oficio N° 0001658-2026-ST-CNF-PJ, cursado por señor Edman Rodríguez Vásquez, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, que contiene la propuesta de reubicación de la Unidad de Flagrancia del Distrito Judicial de Lima Sur de la sede CISAJ (Villa El Salvador) a la sede Trébol Azul (San Juan de Miraflores).
CONSIDERANDO:
Primero. Mediante sesión extraordinaria de fecha 21 de enero de 2022, la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal; acordó que el Poder Judicial, asuma el liderazgo del proyecto de implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, en esa línea de ideas el órgano de gobierno ha emitido la Resolución Administrativa N° 000093-2022-CE-PJ, que constituye la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, modificado por la Resolución Administrativa N° 000369-2023-CE-PJ, que reconforma la referida comisión precisando las funciones a realizar, disponiendo además otras medidas administrativas.
Segundo. La Ley N° 32348 crea el Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva, estableciendo que las Unidades de Flagrancia deben reunir en un solo inmueble a los cuatro operadores del sistema (Poder Judicial, Ministerio Público, Defensa Pública y Policía Nacional del Perú) para brindar una respuesta inmediata y eficaz ante el delito.
Tercero. La actual Unidad de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur opera en la sede CISAJ (Villa El Salvador) bajo condiciones de infraestructura compartida, advirtiendo limitaciones que no permiten una atención célere y oportuna, situación que genera una brecha en el servicio.
Cuarto. El oficio y anexos de visto detalla las deficiencias en la sede CISAJ, incluyendo la falta de una unidad de custodia propia y permanente, lo que obliga a traslados de internos hacia la sede Trébol Azul para su registro, incrementando el riesgo de fuga y el peligro para el personal. Asimismo, la fragmentación física de los operadores por falta de espacios físicos, impide la coordinación inmediata situación que ralentiza el trámite del proceso.
Quinto. La propuesta de reubicación a la sede Trébol Azul (San Juan de Miraflores) permitirá una reforma operativa integral, garantizando el funcionamiento de la Mesa de Partes de 24 horas y la eliminación de “cuellos de botella” nocturnos. La sede propuesta para la reubicación cuenta con una infraestructura superior, tres carceletas con capacidad para 45 internos y presencia permanente de la DIVSERPEN, lo que elimina el riesgo del doble traslado y optimiza la seguridad ciudadana al liberar efectivos policiales para el patrullaje.
Sexto. De los numerales precedentes y realidad advertida, determinan que la sede Trébol Azul reúne las condiciones funcionales para la operación integrada del sistema, permitiendo el aprovechamiento inmediato de la infraestructura nueva y fortaleciendo la respuesta punitiva del Estado frente a los delitos en flagrancia delictiva. En esa línea de ideas corresponde la toma de medidas administrativas.
Sétimo. De conformidad con el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 820-2026 de la trigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de julio de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Cáceres Valencia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la reubicación de la Unidad de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur sede CISAJ Villa el Salvador hacia la sede Trébol Azul, ubicada en la Av. Canevaro, cuadra 16, Mz. L, Lote 9, Urbanización Trébol Azul, distrito de San Juan de Miraflores, partir del 1 de octubre de 2026.
Artículo Segundo.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en coordinación con el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, la Defensa Pública y las demás instituciones que integran el Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva, ejecute las acciones administrativas, logísticas, presupuestales y operativas necesarias para la reubicación de la Unidad de Flagrancia Delictiva, garantizando la continuidad ininterrumpida del servicio de administración de justicia durante el proceso de traslado.
Artículo Tercero.- Establecer que para la reubicación e inicio de funcionamiento de la Unidad de Flagrancia Delictiva en la sede Trébol Azul, la Corte Superior de Justicia de Lima Sur deberá culminar todas las acciones de acondicionamiento, implementación, instalación de bienes, pruebas operativas y coordinación interinstitucional que aseguren el adecuado inicio de actividades.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur emita los actos administrativos necesarios para la adecuada organización interna, distribución de ambientes, asignación de personal, servicios administrativos y las medidas de seguridad que resulten necesarias para el funcionamiento de la Unidad de Flagrancia en la sede Trébol Azul.
Artículo Quinto.- Disponer que la infraestructura de la sede Trébol Azul sea acondicionada conforme a los lineamientos establecidos en la Ley Nº 32348, las disposiciones emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y los lineamientos técnicos de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia, asegurando ambientes adecuados para los operadores del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, y Defensa Pública, así como las áreas de atención al usuario, custodia de detenidos, salas de audiencia, ambientes administrativos, laboratorios y espacios que permitan futuras ampliaciones de la capacidad operativa.
Artículo Sexto.- Disponer la instalación, puesta en funcionamiento e inventario del mobiliario, equipos informáticos, sistemas tecnológicos y demás activos estratégicos adquiridos durante el ejercicio presupuestal 2025, garantizando su utilización efectiva desde el inicio de operaciones en la nueva sede Trébol Azul, así como aplicación de las garantías técnicas, el adecuado control patrimonial y la optimización de los recursos públicos.
Artículo Séptimo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur remita a la Secretaría Técnica de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia, hasta cinco (05) días hábiles antes del inicio de funcionamiento previsto para el 1 de octubre de 2026, un informe de cumplimiento que acredite la culminación de las acciones administrativas, logísticas, patrimoniales, tecnológicas y de infraestructura necesarias para la operatividad de la nueva sede, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente.
Artículo Octavo.- Disponer que, una vez iniciadas las operaciones en la sede Trébol Azul, la Corte Superior de Justicia de Lima Sur efectúe el seguimiento y monitoreo de la implementación durante los primeros noventa (90) días calendario, informando a la Secretaría Técnica sobre el cumplimiento de los indicadores de operatividad, productividad, coordinación interinstitucional y las medidas adoptadas para atender las incidencias que pudieran presentarse durante el proceso de consolidación de la Unidad de Flagrancia Delictiva.
Artículo Noveno.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Gerencia de Gestión de Inversiones, Gerencia de Tecnologías de Información, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2534769-1