Aprueban transferencia definitiva de veintiún (21) posiciones bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, financiadas con cargo al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002)
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000243-2026-CE-PJ
Lima, 13 de julio del 2026
VISTO:
El Oficio N° 000716-2026-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Memorando N° 001279-2026-GRH-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos; el Informe N° 000018-2026-RT-PPOR1002-P-PJ emitido por el Responsable Técnico (e) del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002); el Informe Técnico N° 0029-2026-GRH-GG-PJ y Memorando N° 001340-2026-GRH-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos; el Informe N° 000324-2026-SPP-GMPP-GG-PJ y Memorando N° 000876-2026-GMPP-GG-PJ de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000739-2026-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Primero. Mediante Informe N° 000018-2026-RT-PPOR1002-P-PJ, el Responsable Técnico (e) del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) sustentó técnicamente la propuesta de transferencia definitiva de veintiún (21) posiciones bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, financiadas con cargo al referido programa presupuestal, señalando que dicha medida no afecta el cumplimiento de las metas físicas asignadas a los Módulos de Protección y Sanción de la Corte Superior de Justicia de Amazonas.
Segundo. El mencionado Responsable Técnico precisó que la Corte Superior de Justicia de Amazonas solicitó la reducción de sus metas físicas, situación que evidencia una capacidad operativa disponible que permite la redistribución de recursos humanos, sin afectar la atención de los procesos judiciales ni la prestación del servicio de administración de justicia. Asimismo, indicó que la transferencia propuesta tiene carácter definitivo, atendiendo a las diferencias estructurales de carga procesal existentes entre la Corte Superior de origen y las Cortes Superiores receptoras.
Tercero. Del análisis efectuado por el Responsable Técnico del referido Programa se advierte que determinadas Cortes Superiores receptoras, presentan una carga procesal significativamente superior a la registrada en la Corte Superior de Justicia de Amazonas, llegando a existir diferencias sustanciales en la relación de expedientes por posición CAS asignada, circunstancia que justifica la redistribución de recursos humanos con la finalidad de optimizar la capacidad de respuesta institucional y mejorar la prestación del servicio judicial.
Cuarto. Mediante Informe Técnico N° 000029-2026-GRH-GG-PJ, ratificado a través del Memorando N° 001340-2026-GRH-GG-PJ, la Gerencia de Recursos Humanos concluyó que la propuesta resulta técnicamente viable desde la perspectiva de la gestión de recursos humanos, precisando que la reducción de veintitrés (23) a veintiún (21) posiciones CAS, no modifica los fundamentos que sustentaron su opinión favorable.
Quinto. Por su parte, la Subgerencia de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 000324-2026-SPP-GMPP-GG-PJ, emitió opinión favorable respecto de la viabilidad presupuestaria de la transferencia propuesta, señalando que las posiciones CAS involucradas pertenecen al mismo producto del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), por lo que no se genera modificación de la finalidad presupuestal para la cual fueron aprobados los recursos correspondientes. Asimismo, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto precisó que la viabilidad de la medida se encuentra condicionada a la existencia de un pronunciamiento favorable del Responsable Técnico del Programa, respecto a la no afectación de las metas físicas, requisito que ha sido debidamente acreditado mediante el Informe N° 000018-2026-RT-PPOR1002-P-PJ.
Sexto. De otro lado, por Informe N° 000739-2026-GAJ-GG-PJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de evaluar la documentación técnica y presupuestaria obrante en el expediente, concluyó que la propuesta cuenta con sustento técnico suficiente, así como con opinión favorable de los órganos competentes en materia de recursos humanos y presupuesto, no advirtiéndose impedimento legal para su aprobación por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Séptimo. En ese contexto, la propuesta se encuentra orientada a optimizar la asignación de los recursos humanos financiados con cargo al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), en observancia de los principios de eficiencia, racionalidad, flexibilidad y adecuada utilización de los recursos públicos, contribuyendo al fortalecimiento de los órganos jurisdiccionales que presentan mayores niveles de carga procesal y demanda de atención.
Octavo. De conformidad a lo regulado en el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 809-2026 de la trigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de julio de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra y Zavaleta Grández, sin intervención del señor Cáceres Valencia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la transferencia definitiva de veintiún (21) posiciones bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, financiadas con cargo al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), conforme a la siguiente distribución:
|
Dependencia de origen |
Cantidad |
Descripción del servicio |
Nueva dependencia |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Sanción |
2 |
Asistente de Informática |
Corte Superior de Justicia del Callao |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Sanción |
2 |
Asistente de Custodia y Grabación |
Corte Superior de Justicia de Cusco |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
2 |
Asistente Legal |
Corte Superior de Justicia de Junín |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
2 |
Secretario Legal |
Corte Superior de Justicia de Lima Este |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
1 |
Auxiliar Legal |
Corte Superior de Justicia de Lima Este |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Sanción |
5 |
Asistente Administrativo |
Corte Superior de Justicia de Lima Este |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
1 |
Secretario Legal |
Corte Superior de Justicia de Lima Norte |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
1 |
Psicólogo |
Corte Superior de Justicia de Lima Norte |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
2 |
Auxiliar Legal |
Corte Superior de Justicia de Lima Norte |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Sanción |
1 |
Asistente de Custodia y Grabación |
Corte Superior de Justicia de Lima Norte |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Sanción |
1 |
Asistente de Informática |
Corte Superior de Justicia de Lima Norte |
|
Corte Superior de Justicia de Amazonas – Protección |
1 |
Asistente Legal |
Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla |
|
TOTAL |
21 |
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, adopte las acciones administrativas, presupuestarias y operativas necesarias para la implementación de la transferencia aprobada en el artículo precedente, en el ámbito de sus competencias.
Artículo Tercero.- Precisar que la implementación de la presente medida deberá efectuarse observando estrictamente las disposiciones presupuestarias aplicables, y sin generar demanda adicional de recursos al Tesoro Público.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General, Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, Responsable Técnico del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) y Cortes Superiores de Justicia involucradas, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2534757-1