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Fecha de publicación: 14/07/2026
Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que establece la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de la Oficina de Normalización Previsional

decreto supremo

N° 133-2026-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza a las entidades públicas del Poder Ejecutivo y a los gobiernos regionales a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666, con la finalidad de financiar el pago de las pensiones, aguinaldos, bonificaciones y demás conceptos que correspondan a dichos pensionistas, en el contexto de la transferencia de forma progresiva, del pago y la administración de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530; asimismo, dispone que dichas modificaciones presupuestarias, en el caso del Poder Ejecutivo, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, dispone que se transfiere a la Oficina de Normalización Previsional, de forma progresiva, la administración y pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, incluidas sus contingencias, asumiendo la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite;

Que, en el marco de lo establecido en el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666 y en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, se promulgaron los Decretos Supremos N° 095-2025-EF y 157-2025-EF, mediante los cuales se autorizaron Transferencias de Partidas de la Superintendencia Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior a la Oficina de Normalización Previsional, respectivamente, para financiar el pago de las pensiones de los pensionistas comprendidos en el Decreto Ley Nº 20530, incluido el pago de los aguinaldos, bonificaciones y demás conceptos;

Que, mediante el Oficio N° 000075-2026-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar la sostenibilidad del pago de las pensiones correspondientes al ejercicio fiscal 2026 y los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, bonificaciones y demás conceptos que correspondan percibir a quinientos setenta y tres (573) pensionistas del Decreto Ley N° 20530, que fueron transferidos en el año 2025, correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, en el marco de lo señalado en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000434-2026-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio y el Informe N° 000574-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del citado ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Oficio N° 000148-2026-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar la sostenibilidad del pago de las pensiones correspondientes al ejercicio fiscal 2026, así como los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, bonificaciones y demás conceptos que correspondan percibir a tres (3) pensionistas del Decreto Ley N° 20530, que fueron transferidos en el año 2025, correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones, en el marco de lo señalado en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000316-2026-UPP-MIGRACIONES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000154-2026-OAJ-MIGRACIONES de la Oficina de Asesoría Jurídica, ambos del citado pliego, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando N° 0117-2026-EF/53.05, que adjunta el Informe N° 0090-2026-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la base de la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), determina que el costo para financiar el pago de las pensiones correspondientes al Año Fiscal 2026, así como los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, bonificaciones y demás conceptos que correspondan percibir a quinientos setenta y tres (573) pensionistas del Decreto Ley N° 20530 del Ministerio del Interior asciende a la suma de S/ 8 120 826,00 (OCHO MILLONES CIENTO VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES);

Que, mediante el Memorando N° 0155-2026-EF/53.05, que adjunta el Informe N° 0116-2026-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la base de la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), determina que el costo para financiar el pago de las pensiones correspondientes al Año Fiscal 2026, así como los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, bonificaciones y demás conceptos que correspondan percibir a tres (3) pensionistas del Decreto Ley N° 20530 de la Superintendencia Nacional de Migraciones asciende a la suma de S/ 26 386,00 (VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES);

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 8 147 212,00 (OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), a favor de la Oficina de Normalización Previsional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior y de la Superintendencia Nacional de Migraciones, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 8 147 212,00 (OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar la sostenibilidad del pago de las pensiones correspondientes al ejercicio fiscal 2026, así como los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, bonificaciones y demás conceptos que correspondan percibir a quinientos setenta y tres (573) pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 del Ministerio del Interior y a tres (3) pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 de la Superintendencia Nacional de Migraciones; en el marco de lo establecido en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de dichos pliegos, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 007 : M. del Interior

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 8 120 826,00

PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones

UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 26 386,00

============

TOTAL EGRESOS 8 147 212,00

============

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 095 : Oficina de Normalización Previsional

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Normalización Previsional

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 8 147 212,00

===========

TOTAL EGRESOS 8 147 212,00

============

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1. Los Titulares de los pliegos habilitadores y del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil veintiséis.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Ministro de Economía y Finanzas

JOSÉ MERCEDES ZAPATA MORANTE

Ministro del Interior

2534604-1