Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2028-2026-MP-FN
Lima, 13 de julio de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 002327 y 002416-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, e informe Nº 0083-2026-MP-FN-OREF-EBRV, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, remite y otorga conformidad a la carta de renuncia y escrito complementario, presentados en fechas 24 de junio y 1 de julio de 2026, respectivamente, suscritos por la abogada Cecilia Centurión Santisteban, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designada en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales, profesionales y de salud.
En la carta de renuncia y escrito complementario, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 18 de julio de 2026, y señala haber comunicado sobre la misma a su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2381-2018-MP-FN, de fecha 10 de julio de 2018, se resolvió nombrar a la abogada Cecilia Centurión Santisteban, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 01674-2026-202000500, de fecha 30 de junio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la citada abogada registra seis (6) quejas en trámite.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0083-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 6 de julio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Cecilia Centurión Santisteban, a partir del 18 de julio de 2026.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Cecilia Centurión Santisteban, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2381-2018-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 10 de julio de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 18 de julio de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Cecilia Centurión Santisteban que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación a la abogada Cecilia Centurión Santisteban, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrada en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2534596-2