Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 1981-2026-MP-FN
Lima, 7 de julio de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 008348 y 008573-2026-MP-FN-PJFSLIMA, de fechas 25 de junio y 1 de julio de 2026, respectivamente, e informe Nº 0079-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 2 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, remite y otorga conformidad a la carta de renuncia y escrito complementario, presentados en fechas 25 de junio y 1 de julio de 2026, respectivamente, suscritos por el abogado Víctor Hugo Núñez Izaguirre, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales y de salud.
En la carta de renuncia y escrito complementario, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 9 de julio de 2026, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3849-2025-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2025, se resolvió nombrar al abogado Víctor Hugo Núñez Izaguirre, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, con retención de su cargo de administrativo.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 01675-2026-202000500, de fecha 30 de junio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra una (1) queja en trámite.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0079-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 2 de julio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Víctor Hugo Núñez Izaguirre, a partir del 9 de julio de 2026.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Víctor Hugo Núñez Izaguirre, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3849-2025-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2025; a partir del 9 de julio de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Víctor Hugo Núñez Izaguirre que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Víctor Hugo Núñez Izaguirre, quien se encuentra con retención de su cargo como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2534590-9