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Fecha de publicación: 14/07/2026
Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que establece la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 1979-2026-MP-FN

Lima, 7 de julio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 002343-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fecha 30 de junio de 2026, e informe Nº 0080-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 2 de julio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, remite y expresa conformidad a la carta de renuncia presentada en fecha 26 de junio de 2026, suscrita por la abogada Rosa Alvina Bermeo Santos, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designada en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Motupe, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales.

En la carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 9 de julio de 2026, señalando que la misma ha sido comunicada a su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 960-2026-MP-FN, de fecha 1 de abril de 2026, se resolvió nombrar a la abogada Rosa Alvina Bermeo Santos, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Motupe (AIRHSP Nº 000817).

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0080-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 2 de julio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Rosa Alvina Bermeo Santos, a partir del 9 de julio de 2026.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Rosa Alvina Bermeo Santos, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Motupe, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 960-2026-MP-FN, de fecha 1 de abril de 2026; a partir del 9 de julio de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Rosa Alvina Bermeo Santos que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2534590-7