Designan fiscales del Distrito Fiscal de Puno, en fiscalías provinciales penales corporativas de San Román
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 1960-2026-MP-FN
Lima, 7 de julio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, los oficios Nºs. 002331 y 002339-2026-MP-FN-PJFSPUNO, de fechas 24 y 25 de junio de 2026, respectivamente, y el informe Nº 0083-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 25 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 005-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró al abogado Wilber Flores Lima, como fiscal provincial penal de Juliaca - San Román del distrito fiscal de Puno.
Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Wilber Flores Lima, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 134-2024-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2024, se resolvió nombrar al abogado Wilber Flores Lima, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1718-2023-MP-FN, de fecha 15 de julio de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Diana Roque Coarita, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2241-2023-MP-FN, de fecha 7 de septiembre de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Andrea Soledad Quispecondori Calcina, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia” y “(ii) La designación del fiscal titular en la plaza ocupada por el fiscal provisional”.
El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.
En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado las condiciones resolutorias previstas en los numerales (i) y (ii) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, a través de los oficios Nºs. 002331 y 002339-2026-MP-FN-PJFSPUNO, de fechas 24 y 25 de junio de 2026, respectivamente, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar al abogado Wilber Flores Lima en su condición de magistrado titular en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, asimismo será necesario dar por concluidos el nombramiento y designación de la abogada Diana Roque Coarita, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fiscal titular.
En consecuencia, atendiendo a que el nombramiento y designación de la abogada Diana Roque Coarita, se efectuaron con retención de su cargo de carrera como fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de San Román, Distrito Fiscal de Puno, corresponde designarla en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, conforme a su título de nombramiento, debiéndose previamente dar por concluida la designación de la abogada Andrea Soledad Quispecondori Calcina —descrita en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución— quien ocupa provisionalmente la plaza fiscal en la cual será designada la abogada Diana Roque Coarita; ello en virtud a lo informado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno a través de los oficios Nºs. 002331 y 002339-2026-MP-FN-PJFSPUNO, de fechas 24 y 25 de junio de 2026, respectivamente.
Por otro lado, teniendo en consideración la propuesta efectuada en los oficios antes citados, y con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá designar a la abogada Andrea Soledad Quispecondori Calcina, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román.
Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0083-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 25 de junio de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Wilber Flores Lima, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 134-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 15 de enero y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Diana Roque Coarita, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1718-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 15 de julio de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación de la abogada Andrea Soledad Quispecondori Calcina, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2241-2023-MP-FN, de fecha 7 de septiembre de 2023.
Artículo Cuarto.- Designar al abogado Wilber Flores Lima, fiscal provincial titular penal de Juliaca - San Román, Distrito Fiscal de Puno, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román.
Artículo Quinto.- Designar a la abogada Diana Roque Coarita, fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de San Román, Distrito Fiscal de Puno, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román.
Artículo Sexto.- Designar a la abogada Andrea Soledad Quispecondori Calcina, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román.
Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Wilber Flores Lima, Diana Roque Coarita y Andrea Soledad Quispecondori Calcina que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Octavo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash y Puno, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2534590-5