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Fecha de publicación: 12/07/2026
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR

RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 000103-2026-SERVIR-PE

Lima, 10 de julio de 2026

VISTOS: El Informe Técnico N° 000026-2026-SERVIR-GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Hoja Informativa N° 000120 -2026-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR como Organismo Técnico Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, asumiendo la calidad de ente rector del Sistema; constituyendo Pliego Presupuestal;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, conforme al artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; y, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en Sección Primera y Sección Segunda, esta última comprende desde el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a sus unidades de organización de cada nivel organizacional, haciendo referencia a la unidad de organización de la cual depende; y, es aprobada por resolución del titular de la entidad;

Que, mediante Decreto Supremo N° 102-2026-PCM, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; y se establece en su Primera Disposición Complementaria Final que dicha norma entra en vigencia a partir del día siguiente de publicada la Resolución del Titular de SERVIR, que aprueba la Sección Segunda del referido Reglamento de Organización y Funciones;

Que, asimismo, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 102-2026-PCM señala que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR se aprueba mediante resolución del Titular de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación;

Que, según el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1023, modificado por el Decreto Legislativo N° 1682, Decreto legislativo que establece el marco normativo para habilitar, garantizar y fortalecer el funcionamiento de la Escuela Nacional de Administración Pública – ENAP, la Presidencia Ejecutiva ejerce la titularidad de la entidad y del pliego;

Que, mediante Informe Técnico N° 000026-2026-
SERVIR-GG-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sustenta y propone la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, la cual comprende la delimitación específica de las funciones del tercer nivel organizacional, detallando las responsabilidades de las unidades de organización subyacentes, los cuales contienen la estructura orgánica y el organigrama de la institución; en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 102-2026-PCM;

Que, a través de la Hoja Informativa N° 000120-2026-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR;

Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, en el Decreto Supremo N° 102-2026-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil

Aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, la misma que consta de un (01) título, veinte (20) artículos y dos (02) Anexos que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, que forman parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Financiamiento

La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva se financia con cargo al presupuesto institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 3.- Publicación

La presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, son publicadas en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (www.gob.pe/servir), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA

Presidente Ejecutivo

Consejo Directivo

2534091-1