Aprueban “Lineamientos para la inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector público no sujetos al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, ni al Sistema Nacional de Presupuesto Público”
RESOLUCIóN MINISTERIAL
Nº D000210-2026-MINAM
Magdalena del Mar, 10 de julio del 2026
VISTOS;
El Informe N° D000109-2026-MINAM-VMDERN-DGCCD-DACCD de la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación; el Informe N° D000251-2026-MINAM-VMDERN-DGCCD y el Memorando N° D000416-2026-MINAM-VMDERN-DGCCD de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación; el Memorando N° D001041-2026-MINAM-VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° D000312-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM y el Memorando N° D000262-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° D000770-2026-MINAM-SG-OGPP y el Memorando N° D000823-2026-MINAM-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000528-2026-MINAM-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; monitorea y evalúa la implementación de la gestión integral del cambio climático en los tres niveles de gobierno, promoviendo la participación del sector público, de los agentes económicos y de la sociedad civil, a fin de fortalecer la gestión integral del cambio climático y al desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza;
Que, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático se incorporan a las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de inversión de los tres niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones, de manera coherente y complementaria, bajo un proceso participativo, transparente e inclusivo del sector privado y de la sociedad civil, con especial énfasis en los pueblos indígenas u originarios, a fin de integrar la gestión del cambio climático y al desarrollo del país, en armonía con la naturaleza;
Que, de conformidad con el literal b) del numeral 2 del artículo 6 y el numeral 3 de la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, el Ministerio del Ambiente elabora y aprueba los lineamientos para la inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos, no sujetos al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones ni al Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° D000004-2026-MINAM-DM se dispuso la publicación de los “Lineamientos para la inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector público no sujetos al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, ni al Sistema Nacional de Presupuesto Público”, así como el proyecto de Resolución Ministerial que los aprueba; conforme a lo dispuesto por el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, y el numeral 19.1 del artículo 19 y los artículos 20 y 21 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo;
Que, conforme al literal c) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación es el órgano de línea que tiene entre sus funciones, proponer y aprobar, cuando corresponda, lineamientos, documentos metodológicos, guías, procedimientos, entre otros instrumentos orientadores de carácter nacional para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación frente a los efectos del cambio climático, la lucha contra la desertificación y la sequía, y promover su implementación, en coordinación con las entidades competentes;
Que, en ese contexto, mediante los Informes N° D000109-2026-MINAM-VMDERN-DGCCD-DACCD y N° D000251-2026-MINAM-VMDERN-DGCCD, así como el Memorando N° D000416-2026-MINAM-VMDERN-DGCCD, la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, tomando en consideración los comentarios, aportes y opiniones recibidas durante la publicación del proyecto normativo, propone y sustenta la Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para la inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector público no sujetos al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, ni al Sistema Nacional de Presupuesto Público”;
Que, mediante los Memorandos N° D000770-2026-MINAM-SG-OGPP y N° D000823-2026-MINAM-SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° D000312-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM y el Memorando N° D000262-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable sobre la aprobación de los “Lineamientos para la inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector público no sujetos al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, ni al Sistema Nacional de Presupuesto Público”;
Que, con el Informe N° D000528-2026-MINAM-SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la aprobación de los referidos lineamientos;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; el Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Lineamiento N° 001-2026-MINAM-DM denominado “Lineamientos para la inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector público no sujetos al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, ni al Sistema Nacional de Presupuesto Público”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y los Lineamientos aprobados en el artículo precedente, en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY PAREDES DEL CASTILLO
Ministra del Ambiente
2534087-1