Designan fiscal en la Segunda Fiscalía Suprema Penal y nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2014-2026-MP-FN
Lima, 10 de julio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 161-2026-MP-FN-2F.SUPR.P, de fecha 9 de julio de 2026, y el informe Nº 0432-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 10 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la abogada Liz Patricia Benavides Vargas, fiscal suprema titular, designada en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, pone de conocimiento el documento presentado por el fiscal provincial Héctor Urbano Romero Menes, quien solicita ser considerado en una plaza de fiscal adjunto provincial de la citada fiscalía suprema, por motivos personales; asimismo, señala la fiscal suprema que estando a que la atención de dicho requerimiento generaría una plaza vacante de fiscal provincial, propone el nombramiento de personal fiscal que cubra la referida plaza, ello en atención a la estricta necesidad de servicio, con el propósito de garantizar la continuidad, oportunidad y eficiencia de la función fiscal, así como evitar que dicho despacho vea afectada su capacidad operativa.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2589-2025-MP-FN, de fecha 26 de agosto de 2025, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Héctor Urbano Romero Menes, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera; ejerciendo sus funciones en el marco de lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2025-MP-FN, de fecha 15 de septiembre de 2025, se resolvió, entre otro, nombrar al abogado José Carlos Remuzgo Pisconti, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Penal; ejerciendo sus funciones en el marco de lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(vii) Se presente alguna otra condición, circunstancia u otra causal, que amerite el término del ejercicio de la función fiscal para lo cual han sido nombrados”.
En ese sentido, en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, y estando a lo señalado a través del oficio de vistos, se estima pertinente emitir el resolutivo correspondiente a fin de designar al abogado Héctor Urbano Romero Menes para que ocupe de manera temporal la plaza de fiscal adjunto provincial de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, para lo cual previamente se deberán dar por concluidos su nombramiento y designación provisionales, asimismo, será necesario dar por concluido el nombramiento y designación del fiscal señalado en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, de otro lado, resulta necesario nombrar y designar al abogado José Carlos Remuzgo Pisconti, para que ocupe provisionalmente la plaza de fiscal provincial en la Segunda Fiscalía Suprema Penal; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0432-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 10 de julio de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Héctor Urbano Romero Menes, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 2589-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 26 de agosto de 2025, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Carlos Remuzgo Pisconti, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 2837-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 15 de septiembre de 2025, respectivamente.
Artículo Tercero.- Designar al abogado Héctor Urbano Romero Menes, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en la Segunda Fiscalía Suprema Penal.
Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado José Carlos Remuzgo Pisconti, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Penal.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a los abogados Héctor Urbano Romero Menes y José Carlos Remuzgo Pisconti que, de ser el caso, deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2534052-2