Logo El Peruano
Fecha de publicación: 11/07/2026
Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, denominada “Comisión Multisectorial para la actualización del Año Base de las Cuentas Nacionales”

Autorizan viaje de Director y profesional de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 218-2026-MINCETUR

Lima, 10 de julio de 2026

VISTOS, el Informe Nº 0028-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI/DALCIR de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional; el Memorándum Nº 234-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; el Memorándum Nº 627-2026-MINCETUR/VMCE del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior; el Informe Nº 0149-2026-MINCETUR/SG/OGA/OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo; el Memorándum Nº 768-2026-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 0439-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia;

Que, la relación comercial con la República Oriental del Uruguay se enmarca en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 58 (ACE 58) suscrito por el Perú con los Estados Parte del MERCOSUR, vigente desde enero de 2006. En ese contexto, en el año 2018, se llevaron a cabo reuniones donde se acordó negociar el perfeccionamiento del ACE 58 mediante la definición del programa de liberación y los requisitos específicos de origen faltantes; asimismo, se planteó la profundización del ACE 58 a través de la actualización de disciplinas vigentes y la negociación de nuevas materias tales como Inversión, Comercio de Servicios, Indicaciones Geográficas y Facilitación del Comercio;

Que, el perfeccionamiento y profundización del ACE 58 resulta prioritario para el MINCETUR. Con este propósito, se han llevado a cabo diversas rondas de negociación y en la segunda reunión de Jefes Negociadores se evaluó la posibilidad de que la mesa técnica de Asuntos Legales e Institucionales sostenga una reunión intersesional con el objetivo de alcanzar consensos respecto de los temas pendientes de acuerdo;

Que, en ese marco, mediante Nota DGIM Nº 098/2026, de fecha 18 de junio de 2026, la Dirección General para Asuntos de Integración y MERCOSUR del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay convoca a la Reunión Intersesional de la mesa técnica de Asuntos Legales e Institucionales, a realizarse en la ciudad de Montevideo, del 15 al 17 de julio de 2026;

Que, las negociaciones para el perfeccionamiento y profundización del ACE 58 entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay son fundamentales para fortalecer y consolidar la política comercial del Perú, permitiendo el perfeccionamiento de diversos temas, tales como, Asuntos Legales e Institucionales, con la finalidad de modernizar el ACE 58 considerando la coyuntura actual del comercio internacional;

Que, en ese sentido, la participación de los representantes del MINCETUR en la Reunión Intersesional de la mesa técnica de Asuntos Legales e Institucionales permitirá consolidar la política comercial del Perú y defender los intereses nacionales;

Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, Director de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional y de la señorita Maricielo Valdivia Santillán, profesional de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, para que participen en la citada Reunión Intersesional;

Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, de la Secretaría General, de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, Director de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, y de la señorita Maricielo Valdivia Santillán, profesional de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 13 al 18 de julio de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Pasajes aéreos

Clase Económica US$

Zona Geográfica

Viáticos por día US$

Total Viáticos US$

Carlos Javier Rabanal Sobrino

1 411,09

América del Sur

370,00 x 4 días

1 480,00

Maricielo Valdivia Santillán

1 411,09

370,00 x 4 días

1 480,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BERTHIN ENRIQUE GOMEZ VELA

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

2533979-1