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Fecha de publicación: 14/07/2026
Disponen el embanderamiento general del distrito del Rímac

Disponen el embanderamiento general del

distrito del Rímac

DECRETO DE ALCALDíA

Nº 004-2026-MDR

Rímac, 9 de julio de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC

VISTO:

El Informe N° 078-2026-OII-MDR, de la Oficina de Imagen Institucional; el Informe Legal N° 268-2026-OGAJ-MDR de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 1401-2026-GM/MDR de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42º de la Ley antes glosada, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el 28 de Julio del presente año, se conmemora el 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, siendo esta fecha de trascendencia nacional y local respectivamente, constituye una oportunidad inmejorable para reafirmar y fomentar entre los vecinos del distinto del Rímac los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la Patria, como medios para lograr su unión y prosperidad;

Que, la actual Administración Municipal tiene como propósito remarcar nuestra identidad, incentivar la participación cívica del vecindario, instituciones públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales y demás locales ubicados en el distrito, a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento del distrito;

Que, mediante Informe N° 078-2026-OII-MDR, de la Oficina de Imagen Institucional concluye que resulta necesario emitir el decreto de alcaldía correspondiente, que permitirá adoptar medidas, a fin de fomentar el fervor patriótico en el distrito del Rímac, en actos, como el embanderamiento general de viviendas, institucionales públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito del Rímac, del 10 al 31 de julio del presente año;

Que, mediante Informe Legal N° 268-2026-OGAJ-MDR de la Oficina General de Asesoría Jurídica emite Opinión Favorable sobre la disposición del Embanderamiento del Distrito del Rímac por el N°205 Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú del 10 al 31 de julio del presente año;

Que, con Memorándum N° 1401-2026-GM-MDR, la Gerencia Municipal, en atención a sus atribuciones, eleva los actuados para la emisión del proyecto de Decreto de Alcaldía que dispone el Embanderamiento del distrito del Rímac, por la conmemoración del 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC, de viviendas, institucionales públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito del Rímac desde el 10 de Julio del 2026 al 31 de Julio del 2026, con motivo de conmemorarse el 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.

Artículo Segundo.- RECOMENDAR que las Banderas y Pabellones Nacionales a izar deben estar en buen estado de conservación, como muestra de respeto a los símbolos patrios.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía .

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional (www.munirimac.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Néstor E. de la Rosa Villegas

Alcalde

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