Disponen el embanderamiento de predios y exhortan a los vecinos del distrito de Cieneguilla a efectuar la limpieza y pintado de sus fachadas
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2026-MDC
Cieneguilla, 6 de julio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N°30305 en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas (…) y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, el día 28 de julio de 2025 se conmemora los 205º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú y siendo deber del gobierno local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como afirmando el respeto a los símbolos patrios;
Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de gobierno local la de promover en la comunidad de Cieneguilla los valores cívicos-patrióticos;
Que, estando próximo el Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, es necesario incentivar la participación cívica de los vecinos del distrito de Cieneguilla, fomentando la realización de actividades, como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito entre otras;
Que, con el visto bueno de la Gerencia Municipal y estando en los fundamentos expuestos y en el uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y los Artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO de viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios, desde el día lunes 13 de julio de 2026 hasta el viernes 31 de julio de 2026, en ocasión de conmemorarse el 28 de julio del presente año, el 205º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- EXHORTAR, a los vecinos del distrito de Cieneguilla para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general del distrito.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada difusión.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA
Alcalde
IVAN E. CARDENAS ESPINOZA
Secretario General