Autorizan viaje de regidores y regidoras para participar en eventos a realizarse en España
ACUERDO MUNICIPAL
N° 38-2026-MPC
Cusco, ocho de julio de dos mil veintiséis
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha ocho de julio de dos mil veintiséis, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 11 del artículo 9° de la Ley N° 27972 indica “11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”;
Que, en la sección despacho de la presente sesión se dio cuenta de la Carta N° 450-2026-GC-CMAC-C de fecha 15 de junio de 2026, en el cual los Gerentes de la Caja Cusco invitan al Señor Alcalde y a los miembros del Concejo Municipal al evento denominado: “Programa de Desarrollo para Miembros de la Junta General de Accionistas, Directores y Gerentes Centrales de la Caja Cusco” - en fase de incorporación de nuevo socio estratégico certificado por EADA Business School que se llevara a cabo en la Ciudad de Madrid España en dos grupos con el detalle siguiente: Grupo 1: Del 13 al 17 de julio de 2026 y Grupo 2: Del 20 al 24 de julio de 2026;
Que, el artículo 39º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41° de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por UNANIMIDAD; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de los señores regidores y regidoras:
Primer Grupo:
- Eulogio Tapia Deza
- Ricardo Pezo Huari
- Villygran Licona Loaiza
- Alexander Blanco Rojas
- Nimio Atilio Loayza Rojas
Entre los días 13 al 17 de julio de 2026, a la Ciudad de Madrid España para participar en el evento “Programa de Desarrollo para Miembros de la Junta General de Accionistas, Directores y Gerentes Centrales de la Caja Cusco” - en fase de incorporación de nuevo socio estratégico certificado por EADA Business School.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje de los señores regidores y regidoras:
Segundo Grupo:
- Violeta Escalante Valencia
- Lilia Irene Zamora Pérez
- Maryory Ximena Ríos García
- Honorata Mejía Ramos
- Antero Rufino Huamán Velazco
- José Felipe Marín Loayza
- Jesús Daniel Pérez Soto
Entre los días 20 al 24 de julio de 2026, a la Ciudad de Madrid España para participar en el “Programa de Desarrollo para Miembros de la Junta General de Accionistas, Directores y Gerentes Centrales de la Caja Cusco” - en fase de incorporación de nuevo socio estratégico certificado por EADA Business School, a invitación de la Caja Municipal Cusco S.A.
Artículo Tercero.- PRECISAR que por los traslados nacionales e internacionales los señores Regidores y Regidoras viajaran el Primer Grupo entre los días 12 de julio al 18 de julio y Segundo Grupo entre los días 19 de julio al 25 de julio para participar en los eventos detallados precedente.
Artículo Cuarto.- PRECISAR que todos los gastos que irrogue la participación de los Señores Regidores y Regidoras al evento detallado líneas arriba serán cubiertas en su totalidad por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A.; por lo que, el presente acuerdo no irrogará gasto alguno a la Municipalidad Provincial del Cusco.
Artículo Quinto.- DISPONER a la Gerencia Municipal, y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan bajo responsabilidad funcional, por el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal.
Artículo Sexto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal N° 058 – 04 – MC, de fecha 14 de junio de 2004, que los señores regidores, deberán emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
LUIS BELTRAN PANTOJA CALVO
Alcalde
2533195-1