Designan fiscales en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco del Distrito Fiscal de Ica
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1958-2026-MP-FN
Lima, 7 de julio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite, entre otros, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el oficio Nº 001606-2026-MP-FN-PJFSICA, de fecha 24 de junio de 2026, y el informe Nº 0166-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 30 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 005-2025-SN/JNJ por la cual se nombró a la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado como fiscal provincial de familia de Pisco del distrito fiscal de Ica.
Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 152-2023-MP-FN, de fecha 19 de enero de 2023, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en la Oficina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
La Ley Nº 30944, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de mayo de 2019, dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, estableciéndose en el numeral 51-H.1 del artículo 51-H: “La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público está constituida por una oficina central con sede en Lima, cuya jurisdicción abarca el territorio de la República, por oficinas descentralizadas (…)”. Asimismo, en el artículo 5 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 0413-2025-ANC-MP-J, de fecha 15 de octubre de 2025, se señala, entre otros, la nominación de Autoridad Desconcentrada de Control o ADC, para referirse a los órganos desconcentrados que representan a la Autoridad Nacional de Control en los distintos distritos fiscales a nivel nacional.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 279-2023-MP-FN, de fecha 2 de febrero de 2023, se resolvió nombrar al abogado Randall Edgar Peralta Gonzales, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándolo en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 509-2023-MP-FN, de fecha 1 de marzo de 2023, se resolvió nombrar al abogado Augusto Santiago Peralta Monroy, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándolo en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia” y “(ii) La designación del fiscal titular en la plaza ocupada por el fiscal provisional”.
En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, y al haberse configurado las condiciones resolutorias previstas en el numeral (i) y (ii) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026 y a lo señalado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, a través del oficio Nº 001606-2026-MP-FN-PJFSICA, de fecha 24 de junio del presente año, corresponde emitir el resolutivo a fin de designar a la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado en su condición de magistrada titular, en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco, para lo cual previamente será necesario dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; asimismo será necesario dar por concluidos el nombramiento y designación del abogado Randall Edgar Peralta Gonzales, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fiscal titular.
Consecuentemente, estando a que el abogado Randall Edgar Peralta Gonzales retiene cargo de carrera como fiscal adjunto provincial titular civil y familia de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, corresponderá designarlo de conformidad con dicho título, en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco; previo a lo cual se deberá dar por concluidos el nombramiento y designación del abogado Augusto Santiago Peralta Monroy, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fiscal titular.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 01613-2026-202000500, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 23 de junio de 2026, se advierte que el abogado Augusto Santiago Peralta Monroy registra una (1) queja en trámite.
Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0166-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 30 de junio de 2026 y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Ica y su designación en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Ica, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 152-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 19 de enero de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Randall Edgar Peralta Gonzales, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica y su designación en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 279-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 2 de febrero de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Augusto Santiago Peralta Monroy, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica y su designación en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 509-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 1 de marzo de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Maira Hilda Ponce de León Mellado, fiscal provincial titular de Familia de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco.
Artículo Quinto.- Designar al abogado Randall Edgar Peralta Gonzales, fiscal adjunto provincial titular civil y familia de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, en la Fiscalía Provincial de Familia de Pisco.
Artículo Sexto.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Augusto Santiago Peralta Monroy, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Maira Hilda Ponce de León Mellado, Randall Edgar Peralta Gonzales y Augusto Santiago Peralta Monroy que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Octavo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Coordinación Nacional de las Fiscalias Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2533087-1