Designan Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1967-2026-MP-FN
Lima, 7 de julio de 2026
VISTO Y CONSIDERANDO:
El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.
Los artículos 1 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, y sus modificatorias, establecen que el Ministerio Público es el titular de la acción penal pública, la cual ejercita de oficio, a instancia de la parte agraviada o por acción popular, si se trata de delito de comisión inmediata o de aquéllos contra los cuales la ley la concede expresamente, y tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2433-2025-MP-FN, de fecha 12 de agosto de 2025, se designó a la abogada Liz Patricia Benavides Vargas, fiscal suprema titular, en la Segunda Fiscalía Suprema Penal.
A través de la Ley Nº 32348, Ley que crea el Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva e implementa las unidades de flagrancia delictiva a nivel nacional, se creó el Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva como un mecanismo articulador hacia la implementación de las unidades de flagrancia delictiva a nivel nacional, para la eficaz acción del Estado y solucionar rápidamente conflictos de relevancia penal en casos de flagrancia delictiva.
Mediante Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos Nºs 032-2024-MP-FN-JFS y 038-2025-MP-FN-JS, de fechas 21 de junio de 2024 y 15 de mayo de agosto de 2025, respectivamente, se dispuso la creación de plazas de fiscal provincial y fiscal adjunto provincial para el fortalecimiento de las fiscalías corporativas penales, con el objetivo de brindar atención prioritaria a los casos de detenidos en flagrancia en diversos distritos fiscales; posterior a ello, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2025-MP-FN-JFS, de fecha 7 de agosto de 2025, se dispuso la creación de Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva a nivel nacional.
El Ministerio Público en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030, ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.
En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), y estando a la creación de Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva a nivel nacional, resulta necesario efectuar la designación de un Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, ello a fin de que el Ministerio Público cuente con una instancia de coordinación nacional que dirija, supervise, estandarice criterios de actuación y promueva la articulación entre las fiscalías especializadas en flagrancia delictiva, contribuyendo así al cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva y al fortalecimiento de una justicia célere, oportuna y efectiva, por lo cual, se estima pertinente designar a la abogada Liz Patricia Benavides Vargas, en adición a sus funciones, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar, en adición a sus funciones, a la abogada Liz Patricia Benavides Vargas, fiscal suprema titular, —designada en la Segunda Fiscalía Suprema Penal— a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva.
Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializada en Flagrancia Delictiva, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2532793-7