Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Brasil
UNIVersidad NACional DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RESOLUCIÓN Nº CU-330-2026-UNSAAC
Cusco, 26 de junio de 2026
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:
VISTO, el Expediente Nº 26041303, presentado por el DR. ADAN WILBERT SOLORZANO MONTESINOS, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil, solicitando licencia con goce de haber, para participar en evento internacional, que se indica, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del expediente del Visto, el Dr. Adán Wilbert Solórzano Montesinos, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil, solicita licencia con goce de haber, para participar en el XXII Congresso Brasileiro de Mecânica dos Solos e Engenharia Geotécnica (COBRAMSEG 2026)
Tema: Geotecnia e Mudanças Climáticas: Infraestruturas e Cidades Resilientes, a llevarse a efecto del 24 al 28 de agosto de 2026 en Brasilia/DF, Brasil;.
Que, mediante Oficio Nº 247-2026-FIC-UNSAAC/VIRTUAL, el Dr. José Francisco Serrano Flores, Decano de la Facultad de Ingeniería Civil remite la solicitud formulada por el Dr. Adán Wilbert Solórzano Montesinos, comunicando que el Consejo de Facultad de dicha Unidad Académica, en sesión extraordinaria del 13 de mayo de 2026, aprobó por unanimidad la concesión de licencia a favor del citado docente del 23 al 29 de agosto de 2026, con el otorgamiento de pasajes aéreos Cusco-Lima-Brasilia-Lima-Cusco, viáticos e inscripción en el evento;
Que, obra en autos el Oficio Nº 007-2026-DAIC-FIC-UNSAAC, cursado por el Dr. Adriel Gamarra Durand, director (e) del Departamento Académico de Ingeniería Civil, comunicando que en sesión extraordinaria de junta de docentes de fecha 06 de mayo de 2026, se aprobó por unanimidad, la solicitud de licencia con goce de haber a favor del Dr. Adán Wilbert Solórzano Montesinos con el apoyo económico señalado precedentemente; a cuyo efecto acompaña copia del acta de sesión;
Que, con relación a la carga académica del recurrente, se tiene el compromiso suscrito por el Mgt. César Edilberto Arbulu Jurado, docente del Departamento Académico de Ingeniería Civil, a efecto de asumir el dictado de las asignaturas regentadas por el interesado, durante el periodo de su licencia, con lo que se garantiza la solución a la carga académica;
Que, igualmente se tiene en el expediente el Informe Escalafonario Nº 1075-2026-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (VIRTUAL), a través del cual el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos, emite el informe escalafonario respecto del administrado, señalando que su ratificación se encuentra vigente;
Que, mediante Oficio Nº 294-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico de la Institución, se pronuncia favorablemente porque se conceda licencia con goce de haber a favor del Dr. Adán Wilbert Solórzano Montesinos, del 24 al 28 de agosto de 2026, para que pueda participar en el evento señalado precedentemente;
Que, la jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 770-2026 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme se tiene en el anexo de la presente resolución;
Que, la solicitud formulada por el Dr. Adán Wilbert Solórzano Montesinos, sobre concesión de Licencia con goce de haber del 24 al 28 de agosto de 2026 y apoyo económico para participar en el XXII Congresso Brasileiro de Mecânica dos Solos e Engenharia Geotécnica (COBRAMSEG 2026) Tema: Geotecnia e Mudanças Climáticas: Infraestruturas e Cidades Resilientes, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en sesión ordinaria de fecha 23 de junio de 2026, siendo aprobada por mayoría;
Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2026; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;
Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Art. 3° de la referida ley, señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Estando al acuerdo del Consejo Universitario, Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del docente DR. ADAN WILBERT SOLORZANO MONTESINOS, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil, por el periodo comprendido del 24 al 28 de agosto de 2026, para participar en el XXII Congresso Brasileiro de Mecânica dos Solos e Engenharia Geotécnica (COBRAMSEG 2026) Tema: Geotecnia e Mudanças Climáticas: Infraestruturas e Cidades Resilientes, a llevarse a efecto del 24 al 28 de agosto de 2026 en la ciudad de Brasilia, República de Brasil.
Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución otorgue a favor del docente beneficiario Dr. Adán Wilbert Solórzano Montesinos, lo siguiente:
- Apoyo económico traducido en dos (02) días de viáticos S/ 2,581.12 ($ 740 = T.C. S/ 3,488 al 09/06 – SUNAT)
- Adquisición de pasajes aéreos Cusco-Lima-Brasilia-Lima-Cusco
- Inscripción: S/ 1,564.06 (R$ 2,322.50 = T.C. S/ 0.6734 al 08/06-SBS)
- Publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Tercero.- El EGRESO que se origine por la aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario 770-2026; documento que en anexo forma parte de la presente resolución.
Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.
Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nº 1 Declaración de Compromiso; asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, el comisionado deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nº 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nro..... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nº CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante la DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente.
Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0309-2020-UNSAAC.
Septimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Ingeniería Civil.
Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones de la UNSAAC, proceda a la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe y en la página web de la Institución www.unsaac.edu.pe.
El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
LAURO ENCISO RODAS
Rector
2532658-1