Disponen el embanderamiento general del distrito de Chorrillos
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 000006-2026-MDCH/ALC
Chorrillos, 6 de julio del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS
VISTOS:
El Memorándum N° 000570-2026-MDCH/GDHPS de fecha 03 de julio de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales; El Informe N° 000320-2026-MDCH/SGECD de fecha 03 de julio de 2026, emitido por la Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte; El Informe Nº 000340-2026-MDCH/OGAJ, de fecha 06 de julio de 2026, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; respecto al Embanderamiento General del Distrito de Chorrillos, con motivo de la celebración del 205° de la Proclamación de la Independencia del Perú, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Alcalde dictar Decretos de Alcaldía y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, el articulo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en donde la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, aprobado con Ordenanza N° 516-MDCH, la Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte tiene entre sus funciones promover actividades orientadas al fortalecimiento de la identidad nacional, la cultura y los valores cívicos, así como proponer proyectos de dispositivos normativos en el ámbito de su competencia;
Que, la conmemoración del 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú constituye una fecha de especial trascendencia histórica que fortalece la identidad nacional, el respeto por los símbolos patrios y la participación ciudadana;
Que, el embanderamiento general del distrito constituye una expresión de civismo, respeto y homenaje a la Nación, promoviendo entre la ciudadanía el reconocimiento de los símbolos patrios como elementos de identidad, unidad y pertenencia nacional, fortaleciendo los valores democráticos y el compromiso de los vecinos con la historia, la cultura y el desarrollo del país;
Que, las celebraciones por Fiestas Patrias representan una oportunidad para fortalecer la conciencia cívica y la participación ciudadana, fomentando el respeto por los símbolos nacionales y la preservación de las tradiciones patrióticas, mediante acciones que contribuyan al fortalecimiento de la identidad nacional y al sentido de pertenencia de la comunidad del distrito de Chorrillos;
Que, es deber del Gobierno Local promover acciones de carácter cívico que contribuyan al fortalecimiento de la identidad nacional, incentivando la participación de la ciudadanía mediante el embanderamiento de los inmuebles del distrito durante las celebraciones por Fiestas Patrias;
Que, mediante Memorándum N° 000570-2026-MDCH/GDHPS, la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales traslada el Informe N° 000320-2026-MDCH/SGECD de la Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte, la cual emite opinión técnica favorable del Proyecto de Decreto de Alcaldía que propone el embanderamiento general del Distrito de Chorrillos, por el 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; del 01 al 31 de julio de 2026, como expresión de respeto a los símbolos patrios y fortalecimiento de la Identidad Nacional;
Que, mediante Informe N° 000340-2026-MDCH/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo que resulta viable emitir el Proyecto de Decreto de Alcaldía que dispone el Embanderamiento General del Distrito de Chorrillos, por el 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; y remite los actuados a la Oficina General de Secretaria Municipal, para la emisión del Decreto de Alcaldía.
Estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la visación de la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE CHORRILLOS en todos los inmuebles destinados a vivienda, instituciones públicas y privadas, así como establecimientos comerciales del distrito, durante el periodo comprendido entre el 1 al 31 de julio de 2026, con motivo de la celebración del 205° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, como expresión de respeto a los símbolos patrios y fortalecimiento de la identidad nacional.
Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los propietarios, posesionarios o conductores de inmuebles del distrito contribuir al adecuado ornato de sus predios, procurando el mantenimiento y limpieza de sus fachadas durante el período señalado.
Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones; a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, a la Subgerencia de Inspección y Control de Sanciones; a la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales, a la Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte, a la Subgerencia de Participación Vecinal, y a las demás unidades orgánicas pertinentes, para el cumplimiento y difusión del presente Decreto.
Articulo Cuarto.- DISPONER a la Oficina General de Secretaría Municipal la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina General de Transformación Digital publicar el presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos: www.gob.pe/munichorrillos.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.