Dan por terminada designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Rural
Resolución de Contraloría
Nº 361-2026-CG
Lima, 6 de julio del 2026
VISTOS:
La Hoja Informativa Nº 000149-2026-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; el Memorando Nº 000183-2026-CG/GCSPB, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos; la Hoja Informativa Nº 000030-2026-CG/VICOS, de la Subgerencia de Control del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Memorando Nº 000791-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa Nº 000532-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000655-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;
Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modificatorias, en adelante, la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;
Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7. 3. 2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría General de la República; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 331-2025-CG de 28 de agosto de 2025, se designó al señor Richard Jesus Mitma Llallahui, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Rural;
Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000149-2026-CG/VCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 274-2025-CG y sus modificatorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Rural, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; lo cual se justifica en la reconfiguración de las jefaturas de los Órganos de Control Institucional, que implica concluir las jefaturas existentes, a fin de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios y con ello fortalecer el Sistema Nacional de Control y los Órganos de Control Institucional bajo su ámbito de control, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y eficiente del control gubernamental;
Que, de acuerdo con las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000655-2026-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000532-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Rural, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Richard Jesus Mitma Llallahui, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Rural.
Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.
Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda.
Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI
Contralor General de la República
2532372-1