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Fecha de publicación: 05/07/2026
Disponen la publicación del proyecto “Guía para la elaboración del Plan de Contingencias en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”

Proclaman fórmula de candidatos ganadora de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República de las Elecciones Generales 2026, y en consecuencia, proclaman Presidenta, Primer Vicepresidente y Segundo Vicepresidente de la República para el periodo de gobierno 2026-2031

Resolución Nº 1625-2026-JNE

Lima, 3 de julio de 2026

VISTA: el Acta General de Proclamación de Resultados de la Elección de Presidente y Vicepresidentes de la República - Segunda Elección Presidencial, suscrita el 3 de julio de 2026, respecto de la elección llevada a cabo el 7 de junio de 2026, en el marco de las Elecciones Generales 2026; y

CONSIDERANDO QUE:

1. Mediante el Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 26 de marzo de 2025, se convocó a Elecciones Generales para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores, diputados y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; para lo cual, a través de la Resolución Nº 0744-2025-JNE, se aprobó el padrón electoral definitivo con un total de 27 325 432 electores, que comprende a los electores con domicilio dentro del territorio nacional y a los electores residentes en el extranjero.

2. Las elecciones generales convocadas se realizaron el 12 de abril de 2026, en horario ampliado hasta el 13 de abril de 2026, conforme a lo señalado en el Acuerdo del Pleno del 12 de abril de 2026. En dicha elección, ninguna de las fórmulas presidenciales obtuvo más de la mitad de los votos válidos, por lo que, en aplicación de lo estipulado en el artículo 111 de la Constitución Política del Perú y el artículo 18 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo del Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, se llevó a cabo la segunda elección, el 7 de junio de 2026, entre las fórmulas de candidatos que obtuvieron las dos más altas mayorías relativas, según el cómputo de votos efectuado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a través de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, y tal como se precisa en el Acta General de Proclamación de dicha elección y en la Resolución Nº 1135-2026-JNE, ambas del 17 de mayo de 2026.

Así, las dos organizaciones políticas que accedieron a la Segunda Elección Presidencial fueron las siguientes:

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

VOTOS OBTENIDOS ELECCIÓN DEL 12 DE ABRIL DE 2026

FUERZA POPULAR

2,877,678

JUNTOS POR EL PERÚ

2,015,114

3. Llevada a cabo la Segunda Elección Presidencial, el domingo 7 de junio de 2026, los Jurados Electorales Especiales resolvieron en su totalidad las observaciones a las actas electorales, las impugnaciones de voto y las solicitudes de nulidad, y llevaron a cabo las audiencias de recuento de votos en los casos en los cuales fue necesario, conforme a ley.

Hecho ello, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales culminaron el cómputo de votos y emitieron sus respectivos reportes, sobre los cuales los sesenta Jurados Electorales Especiales proclamaron los resultados descentralizados correspondientes a sus respectivos ámbitos de competencia territorial, emitiendo las sesenta actas descentralizadas de proclamación, de las cuales, el acta emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 fue apelada por el personero legal de la organización política JUNTOS POR EL PERU, recurso que fue resuelto por la Resolución Nº 1621-2026-JNE, emitida, en segunda y definitiva instancia, por el Jurado Nacional de Elecciones, que declaró infundado el recurso de apelación y confirmó el contenido del acta descentralizada impugnada.

4. Mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones del 26 de junio de 2026, este órgano colegiado dispuso que, previamente a la emisión del Acta General de Proclamación de Resultados de la Elección de Presidente y Vicepresidentes de la República, de la Segunda Elección Presidencial de las Elecciones Generales 2026, se efectúe una revisión integral de las actuaciones jurisdiccionales desarrolladas por los Jurados Electorales Especiales, que son necesarias para la consolidación de los resultados electorales, esto es, que se procedió a la revisión de las actas de proclamación descentralizada, así como los procedimientos de recuento y otras actuaciones procesales, para asegurar la doble instancia, basándose en los principios de lealtad constitucional y debido proceso, eficacia del acto electoral e impulso de oficio y responsabilidad, previstos en el Título Preliminar de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones.

5. Como consecuencia de dicha revisión, se emitió la Resolución Nº 1610-2026-JNE, del 2 de julio de 2026, con la cual se declaró que las actas descentralizadas no presentan inconsistencias respecto de los reportes de Resultados de Actas Contabilizadas al 100% del Cómputo de Votación de la Segunda Elección Presidencial, remitidos a cada Jurado Electoral Especial por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

6. Asimismo, se ha constatado la inexistencia de actas observadas pendientes de resolver, así como tampoco se tiene registro de impugnación alguna en trámite que impida la proclamación. Así, en virtud del Principio de Seguridad Jurídica, que exige predictibilidad y certeza en el ordenamiento democrático y del Principio de Preclusión, por el cual las etapas del proceso electoral adquieren el carácter de definitivas e irrevocables una vez concluidas, se declara que no existe ningún acto, trámite o cuestión pendiente de resolución por parte de este Supremo Tribunal.

7. Por lo tanto, al haberse agotado todas las etapas previas del proceso electoral, resueltas las controversias y contando con el cómputo concluido, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, ejerciendo su función establecida en el numeral 5 del artículo 178 de la Constitución Política del Perú y en el literal i del artículo 5 de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, procede a proclamar los resultados de la Segunda Elección Presidencial y a los candidatos electos para ejercer los cargos de presidente y vicepresidentes de la República en el periodo 2026-2031.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

1. PROCLAMAR el resultado del cómputo de votos de la Segunda Elección Presidencial realizada el domingo 7 de junio de 2026, en el marco de las Elecciones Generales 2026, convocadas mediante el Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, conforme al siguiente detalle:

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

CANTIDAD DE VOTOS

PORCENTAJE VOTOS VÁLIDOS

PORCENTAJE VOTOS EMITIDOS

FUERZA POPULAR

9223396

50.135%

46.859%

JUNTOS POR EL PERÚ

9173755

49.865%

46.607%

TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS

18397151

100.000%

93.465%

VOTOS EN BLANCO

118396

0.602%

VOTOS NULOS

1167836

5.933%

TOTAL DE VOTOS EMITIDOS

19683383

100.000%

TOTAL DE ELECTORES HÁBILES A NIVEL NACIONAL*

27325432

100.000%

TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

19683383

72.033%

*Incluye a los electores en el territorio nacional y a los electores con domicilio registrado en el extranjero, de acuerdo con la Resolución Nº 0744-2025-JNE, que aprobó el padrón electoral definitivo para las Elecciones Generales 2026.

2. PROCLAMAR ganadora de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República de las Elecciones Generales 2026 a la fórmula de candidatos presentada por la organización política FUERZA POPULAR y, en consecuencia, PROCLAMAR a los siguientes ciudadanos en los cargos que se indican para el periodo 2026-2031:

CARGO

NOMBRE

PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

KEIKO SOFIA FUJIMORI HIGUCHI

PRIMER VICEPRESIDENTE

LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE

SEGUNDO VICEPRESIDENTE

MIGUEL ANGEL TORRES MORALES

3. REMITIR al Congreso de la República la presente resolución y el Acta General de Proclamación de Resultados de la Elección de Presidente y Vicepresidentes de la República - Segunda Elección Presidencial de las Elecciones Generales 2026, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 324 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones.

4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

2531916-1