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Fecha de publicación: 05/07/2026
Disponen la publicación del proyecto “Guía para la elaboración del Plan de Contingencias en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”

Resolución Ministerial que dispone la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN

Resolución Ministerial

N° 282-2026-EF/10

Lima, 3 de julio del 2026

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, se establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;

Que, el artículo 22 del citado Decreto Legislativo señala que el domicilio digital es uno de los atributos de la identidad digital que se constituye en el domicilio habitual de un ciudadano en el entorno digital, el cual es utilizado por las entidades de la Administración Pública para efectuar comunicaciones o notificaciones;

Que, asimismo, el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 31170, Ley que dispone la implementación de mesas de partes digitales y notificaciones electrónicas, dispone que el servicio de notificaciones electrónicas se implementa a través de casillas electrónicas u otro medio tecnológico que cumpla con las características de la notificación establecidas en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y con la especificación de domicilio digital establecido en el artículo 22 del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Gobierno Digital;

Que, por su parte, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica, establece que cada entidad pública asigna una casilla electrónica al administrado que lo solicite; asimismo, a partir de ese momento, el administrado puede acceder a dicha casilla, la que constituye un domicilio digital obligatorio, a través del cual las entidades de la administración pública realizan las notificaciones a las que hubiere lugar, respetando todos los principios, derechos y garantías del debido procedimiento previstos en la ley;

Que, de acuerdo con el quinto párrafo del numeral 20.4 del artículo 20 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la entidad que cuente con disponibilidad tecnológica puede asignar al administrado una casilla electrónica gestionada por esta, para la notificación de actos administrativos, así como actuaciones emitidas en el marco de cualquier actividad administrativa, siempre que cuente con el consentimiento expreso del administrado; asimismo, mediante decreto supremo del sector, previa opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la entidad puede aprobar la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica;

Que, mediante el Oficio N° 274-2025/PROINVERSIÓN/SG, de fecha 23 de setiembre de 2025, que adjunta los Informes N° 00002-2025/SG/GD, N° 00077-2025/OPP y N° 635-2025/OAJ, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN propone y sustenta ante el Ministerio de Economía y Finanzas el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el cual adjunta como anexo el Reglamento de Notificación Vía Casilla Electrónica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN;

Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso;

Que, asimismo, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, señala que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía de conformidad a las normas establecidas en el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos o la norma que lo sustituya;

Que, en ese sentido, considerando que el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN corresponde a una norma de carácter general, resulta necesario efectuar su publicación previa, a fin de recoger las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de la ciudadanía en general, lo que coadyuvará a mejorar la propuesta normativa;

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS; en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto

Se dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, su anexo denominado “Reglamento de Notificación Vía Casilla Electrónica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN”; así como su Exposición de Motivos, en la sede digital de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN (http://www.gob.pe/proinversión), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano; por el plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recoger los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones por parte de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales y jurídicas interesadas.

Artículo 2.- Mecanismo de participación

Se dispone que los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones pueden ser presentados en la Mesa de Partes Digital de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a través del siguiente enlace https://mesadepartesvirtual.proinversion.gob.pe/, y/o de manera física en Av. Canaval Moreyra N° 150, San Isidro, y establecer que la Oficina de Administración de dicha entidad se encuentra a cargo de su recepción, procesamiento y sistematización.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Ministro de Economía y Finanzas

2531911-1