Logo El Peruano
Fecha de publicación: 04/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre y Catacaos de la provincia de Piura, en los distritos de Sullana y Bellavista de la provincia de Sullana, en la provincia de Paita y en la provincia de Talara del departamento de Piura y dicta otras disposiciones

Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a los Estados Unidos de América y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

resolución suprema

nº 192-2026-pcm

Lima, 3 de julio de 2026

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAB) N° 1030 del Despacho Ministerial, de 26 de junio de 2026; el Memorándum N° OPP014262026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 30 de junio de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; el Memorándum N° LEG010272026 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 30 de junio de 2026; y, el Memorándum N° OAP018912026 de la Oficina de Administración de Personal, de 30 de junio de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, con ocasión de la celebración del bicentenario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 16 de julio de 2026 a fin de participar en las actividades conmemorativas de la significativa efeméride;

Que, en el transcurso de estos doscientos años de relaciones diplomáticas, ambos Estados han edificado una asociación estratégica sustentada en principios y valores compartidos -entre ellos el respeto por la democracia y el Estado de Derecho-, así como en una amplia agenda de cooperación que comprende, entre otros ámbitos, la promoción del comercio y las inversiones recíprocas, la seguridad y la defensa, y la lucha contra la criminalidad organizada transnacional, en beneficio del desarrollo y bienestar de ambos pueblos;

Que, la conmemoración del bicentenario constituye una ocasión propicia para reafirmar el compromiso de ambos países con una agenda de cooperación moderna y dinámica, así como para promover, mediante el diálogo político al más alto nivel, la profundización de la relación bilateral en sus diversas dimensiones;

Que, en el marco de dicho viaje, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República CARLOS JOSE PAREJA RIOS, sostendrá diversas reuniones de trabajo de carácter bilateral con altas autoridades del poder ejecutivo y del poder legislativo de los Estados Unidos de América, con el objeto de afianzar la asociación estratégica bilateral y ampliar la cooperación en materias de interés común;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, CARLOS JOSE PAREJA RIOS, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la Ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, para participar en las actividades de conmemoración del bicentenario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República del Perú y los Estados Unidos de América;

Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 17 de julio de 2026;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, CARLOS JOSE PAREJA RIOS, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 17 de julio de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (314) 0083906 “Conducción y asesoramiento de líneas de política exterior e institucional - Despacho Ministerial”; y, Código POI AOI00004500085 “Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes aéreos
(USD)

Viáticos
por día

(USD)

Número de días

Total viáticos

(USD)

CARLOS JOSE PAREJA RIOS

4,990.77

440.00

2 + 1

1,320.00

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor LUIS ENRIQUE ARROYO SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS

Ministro de Relaciones Exteriores

2531902-2