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Fecha de publicación: 04/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre y Catacaos de la provincia de Piura, en los distritos de Sullana y Bellavista de la provincia de Sullana, en la provincia de Paita y en la provincia de Talara del departamento de Piura y dicta otras disposiciones

Designan fiscal provincial en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, Distrito Fiscal de Junín

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1922-2026-MP-FN

Lima, 3 de julio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el oficio Nº 004300-2026-MP-FN-PJFSJUNIN, de fecha 22 de junio de 2026, y el informe Nº 0079-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 24 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 003-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró a la abogada Rosmery Cuadros Gutiérrez, como fiscal provincial penal de Huancayo – Junín del distrito fiscal de Junín.

Con fecha 18 de mayo de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Rosmery Cuadros Gutiérrez, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1525-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Rosmery Cuadros Gutiérrez, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Junín, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3188-2015-MP-FN, de fecha 26 de junio de 2015, se resolvió nombrar a la abogada Miryam Luz Chipana Soto, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.

En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito de Junín a través del oficio Nº 004300-2026-MP-FN-PJFSJUNIN, de fecha 22 de junio de 2026, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar a la abogada Rosmery Cuadros Gutiérrez en su condición de magistrada titular en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, asimismo será necesario dar por concluidos el nombramiento y designación de la abogada Miryam Luz Chipana Soto, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fiscal titular.

Del reporte de quejas y denuncias Nº 01605-2026-202000500, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 23 de junio de 2026, se advierte que la abogada Miryam Luz Chipana Soto registra cinco (5) quejas en trámite.

Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0079-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 24 de junio de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Rosmery Cuadros Gutiérrez, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Junín, y su designación en la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Junín, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1525-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 17 de noviembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Miryam Luz Chipana Soto, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, y su designación en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3188-2015-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 26 de junio de 2015 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Tercero.- Designar a la abogada Rosmery Cuadros Gutiérrez, fiscal provincial titular penal de Huancayo - Junín, Distrito Fiscal de Junín, en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento a las abogadas Rosmery Cuadros Gutiérrez y Miryam Luz Chipana Soto que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a las abogadas mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2531877-5